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Las joyas de Zapatero esconden una sorpresa de 203.000 euros: las piedras rojas de uno de los conjuntos no son rubíes, según el informe de la joyería Yanes

29 October 2026 at 14:48
El conjunto de joyas con gemas rojas de José Luis Rodríguez Zapatero. (Infobae)

La segunda tasación de las joyas intervenidas a José Luis Rodríguez Zapatero en su despacho de Madrid introduce nuevos elementos en una de las líneas de investigación que rodean al expresidente del Gobierno. El informe pericial gemológico, joyero y económico encargado por el juez José Luis Calama a la joyería Yanes sitúa en 1.023.320 euros el valor de reposición del conjunto, una cifra inferior a los 1.323.915 euros que había estimado inicialmente la joyería Ansorena, con la colaboración del Instituto Gemológico Español (IGE).

Infobae ha tenido acceso al informe, de 138 páginas, entregado al juzgado el 28 de octubre. El documento examina las piezas intervenidas y aborda cuestiones que el magistrado había considerado necesario esclarecer: su composición, calidad, marcas identificativas, posible procedencia geográfica, antigüedad aproximada y valor económico.

Tres juegos concentran casi todo el valor

El informe de Yanes distribuye las piezas en cuatro lotes. Los tres primeros corresponden a los conjuntos de mayor valor, integrados cada uno por un collar, unos pendientes, una sortija y un brazalete. El cuarto reúne el resto de las joyas intervenidas, consideradas de menor relevancia económica a efectos de la tasación.

La valoración queda repartida de la siguiente manera:

  • Lote 1. Esmeraldas y diamantes: 373.100 euros.
  • Lote 2. Gemas rojas y diamantes: 203.000 euros.
  • Lote 3. Zafiros y diamantes: 362.400 euros.
  • Lote 4. Resto de las piezas: 84.820 euros.

Los tres primeros lotes suman 938.500 euros, aproximadamente el 91,7% del valor total calculado por las peritos. El resto de las joyas representa los 84.820 euros restantes.

Los tres conjuntos de joyas de José Luis Rodríguez Zapatero. (Infobae)

El conjunto de esmeraldas es el más caro, seguido por el de zafiros. El informe describe las piedras preciosas de los principales lotes como naturales, aunque con tratamientos y características que condicionan su valoración. Las esmeraldas presentan una calidad que las expertas califican de muy comercial y unas características compatibles con Zambia, sin que ello equivalga a una identificación concluyente de su yacimiento. Los zafiros, también naturales, han sido sometidos a calentamiento para mejorar su color y transparencia y presentan características compatibles con explotaciones tailandesas, como las de Chanthaburi o Kanchanaburi.

Las piedras rojas del segundo lote constituyen uno de los detalles más significativos del análisis. Las peritos concluyen que no pueden denominarse rubíes, ya que se trata de corindones naturales con relleno de vidrio de plomo y no se cumple la proporción necesaria para clasificarlos como tales. El tratamiento y la composición de estas gemas, según el informe, demeritan el conjunto.

Eso no significa que las piedras sean necesariamente falsas. El dictamen distingue entre su naturaleza, los tratamientos recibidos y su calidad comercial, tres aspectos diferentes a la hora de determinar el valor de una joya. Los diamantes que acompañan a las piezas son naturales, con tallas brillantes y pesos individuales que oscilan aproximadamente entre 0,02 y 0,20 quilates. Las expertas estiman un color G-H y una pureza VS-SI.

En aquel primer informe de Ansorena destacaban un collar de oro blanco de 18 quilates con diamantes y dos esmeraldas naturales de Zambia, valorado en 278.000 euros; un collar con trece zafiros, tasado en 220.000 euros, y una pieza con bandas de diamantes y cinco rubíes naturales, cuyo importe se situaba en 155.000 euros.

Una fabricación común y de posible origen asiático

Uno de los apartados más relevantes del dictamen es el relativo a la identificación de las joyas. Las peritos encuentran elementos comunes en los tres principales conjuntos: el metal empleado, el estilo, la aleación, el engaste y los acabados.

Esas similitudes las llevan a considerar que las piezas podrían haber sido realizadas por un mismo orfebre y fabricadas de manera simultánea. Sin embargo, advierten de que no pueden determinar el año concreto, puesto que responden a un estilo clásico y atemporal, ajeno a modas o tendencias que permitan situarlas en un periodo preciso.

La conclusión técnica es que se trata de joyas de fabricación comercial y de muy probable origen asiático. El documento menciona como posibles áreas de fabricación India, Tailandia, China o países de Asia central, entre otros, pero no identifica un país ni un taller concreto.

Las marcas tampoco permiten cerrar esa incógnita. Todas las piezas presentan un punzón rectangular de extremos redondeados, con una T mayúscula de diseño particular en el centro, el número 18 a un lado y la letra K al otro. Las expertas interpretan que el número y la letra hacen referencia a la ley del metal, oro de 18 quilates, mientras que la T podría constituir una pista para identificar al fabricante. El informe considera que una investigación internacional sobre ese punzón podría ayudar a localizar su origen. No obstante, la marca, por sí sola, no permite atribuir las joyas a una firma o a un país determinado.

La identificación de las joyas de José Luis Rodríguez Zapatero de una T mayúscula, el número 18 a un lado y la letra K al otro. (Infobae)

Las peritos sostienen que la ausencia de una firma reconocible y las características de los punzones permiten descartar como hipótesis más probables determinados mercados con sistemas de identificación más exigentes, entre ellos la Unión Europea, Estados Unidos y los países árabes. En contraposición, apuntan a mercados asiáticos donde, según el dictamen, los requisitos de identificación pueden ser menos estrictos. Se trata, en todo caso, de una hipótesis técnica sobre el posible origen, no de una trazabilidad acreditada de las piezas.

La incógnita de 2007

La antigüedad es otro de los puntos que aborda el informe. Las expertas no fijan una fecha de fabricación, pero incorporan una conclusión cronológica basada en la composición del metal. Tras analizar la aleación de varias piezas, detectan un contenido de oro compatible con la ley de 750 milésimas, correspondiente al oro de 18 quilates. En la composición también aparecen cobre, níquel, zinc, rubidio, plata y germanio, además de un recubrimiento superficial de rodio.

El contenido relativamente bajo en níquel lleva a las peritos a formular una inferencia temporal. Las joyas no se habrían fabricado antes de la entrada en vigor del Reglamento REACH, el marco europeo para el registro, la evaluación, la autorización y la restricción de sustancias químicas, que comenzó a regir el 1 de junio de 2007.

La hipótesis cobra relevancia por la explicación que ha ofrecido Zapatero sobre el origen de los conjuntos. El expresidente sostiene que las joyas le fueron entregadas por el entonces rey de Arabia Saudí, Abdalá bin Abdulaziz al Saud, como regalo estrictamente personal durante la visita oficial del monarca a España en junio de 2007.

La posibilidad de una fabricación posterior a 2007, si llegara a acreditarse, sería relevante para reconstruir la historia de las joyas, pero el dictamen no permite dar ese extremo por probado.

Sin certificados, estuches originales ni firma reconocible

Las expertas llaman también la atención sobre una circunstancia que consideran llamativa. El informe señala que los principales conjuntos carecen de sus estuches originales, certificados de calidad y documentación que permita identificar al fabricante o a la firma comercial. “Resulta incoherente el hecho de que piezas de este valor no estén acompañadas de sus estuches originales para su debida conservación y protección”, apuntan las peritos, que destacan que este tipo de joyas suele adquirirse en establecimientos conocidos y contar con certificados, marcas trazables y una presentación acorde con su categoría.

El documento tampoco identifica una firma de alta joyería de reconocido prestigio. Las expertas describen, además, irregularidades en numerosos engastes y una fabricación de carácter comercial. Algunas soluciones técnicas, como la utilización de varias piedras pequeñas en determinadas formas en lugar de una gema única, contribuyen a explicar la valoración asignada.

En sus conclusiones, las peritos definen la pedrería como homogénea y de calidad comercial, y señalan expresamente que las gemas rojas desmerecen el conjunto.

El engaño a las familias de las víctimas del accidente de tren de Urda: SMS falsos suplantan a la Guardia Civil para anunciar la identificación de sus seres queridos

29 October 2026 at 12:32

El dolor y la incertidumbre de las familias que buscan a sus seres queridos tras el accidente ferroviario de Urda (Toledo) se han visto acompañados por la difusión de mensajes fraudulentos que simulan comunicar la identificación de las víctimas mortales. El Centro Integrado de Datos (CID), constituido para coordinar las labores médico-forenses y de Policía Científica tras la tragedia, ha alertado este jueves de que familiares de posibles fallecidos están recibiendo SMS en los que supuestamente la Guardia Civil les informa de que los cuerpos de sus seres queridos han sido identificados.

El organismo ha desmentido la autenticidad de estas comunicaciones y ha recordado que la notificación de las identificaciones a los familiares se realiza exclusivamente de manera presencial y personal por parte de la Guardia Civil, nunca mediante llamadas telefónicas. Ante esta situación, ha pedido a los posibles afectados que no den veracidad ni a los mensajes de texto ni a las llamadas que reciban con ese supuesto contenido.

“Se ha tenido noticias de que familiares de las posibles víctimas mortales del accidente ferroviario de Urda están recibiendo mensajes vía SMS en los que supuestamente la Guardia Civil informaría de la identificación de los cuerpos de sus familiares”, recoge la comunicación difundida por el CID, que ha trasladado la advertencia a través de la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCLM).

Por el momento, el CID no ha precisado cuántos familiares han recibido estos mensajes, quién está detrás de su difusión ni si los SMS contienen enlaces, solicitudes de información personal o peticiones económicas. Tampoco ha detallado si se ha abierto una investigación específica para determinar el origen de las comunicaciones fraudulentas.

Los servicios de emergencia junto a maquinaria pesada trabajan este jueves en el lugar del accidente ferroviario de Urda. (EFE/ J.J.Guillen)

Las identificaciones continúan

La advertencia se produce mientras los equipos médico-forenses y de Policía Científica prosiguen con las autopsias y los trabajos para determinar la identidad de las personas fallecidas en el accidente. El Centro Integrado de Datos ha asegurado que estas labores continúan “ininterrumpidamente desde ayer con el mayor rigor y celeridad posibles”, en un proceso que requiere extremar las comprobaciones antes de comunicar cualquier identificación.

El CID se constituyó el miércoles, tras la activación del protocolo nacional de actuación médico-forense y de Policía Científica en sucesos con víctimas múltiples, puesto en marcha a raíz del siniestro ferroviario. Este dispositivo permite articular las actuaciones necesarias para el examen de los cuerpos, la recogida y el cotejo de muestras y la identificación de los fallecidos, así como la comunicación de los resultados a sus familiares.

En este contexto, la Guardia Civil mantiene el procedimiento de comunicación personal y presencial para trasladar a los allegados las identificaciones confirmadas. La advertencia difundida este jueves busca evitar que las familias confundan los mensajes recibidos con una notificación oficial en un momento especialmente delicado.

Los servicios de emergencia junto a maquinaria pesada trabajan este jueves en el lugar del accidente ferroviario de Urda. (Europa Press)

El accidente ferroviario de Urda ha dejado, según el último balance, 69 fallecidos. Mientras avanzan las labores de identificación, las autoridades han reclamado prudencia ante cualquier información que no proceda de los canales oficiales y han insistido en que las familias no deben considerar auténticas las comunicaciones telefónicas que anuncien la identificación de sus seres queridos.

Quién es Aristea Afroditi Ortiz, la jueza que consiguió su plaza hace ocho meses y tiene ahora en sus manos la investigación de la tragedia ferroviaria de Urda

29 October 2026 at 10:14
Juramento de Aristea Afroditi Ortiz Tiliakou, en el centro de la imagen, como jueza sustituta ante la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria. (TSJC)

Aristea Afroditi Ortiz Tiliakou apenas había tenido tiempo de familiarizarse con su primer juzgado cuando el azar de las guardias la colocó ante una de las investigaciones más complejas que puede afrontar un órgano de instrucción. Sobre ella ha recaído la tarea esclarecer por qué dos trenes de alta velocidad chocaron en Urda (Toledo) y reconstruir una cadena de decisiones cuyo desenlace fue una catástrofe.

La titular de la plaza número 2 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Orgaz se convirtió el miércoles 28 de octubre en la jueza instructora del siniestro ferroviario. Ortiz Tiliakou pertenece a la 74.ª promoción de la Carrera Judicial y tomó posesión de su destino el pasado febrero, después de superar un proceso selectivo que se prolongó durante años y de completar su formación en la Escuela Judicial. No es, por tanto, una jueza que haya llegado a la instrucción sin preparación previa, aunque sí una titular que se enfrenta, en los primeros meses de su carrera, a un procedimiento de una dimensión muy distinta a la de los asuntos ordinarios de su juzgado.

Nueve años hasta la toga

El camino de Ortiz Tiliakou hacia la judicatura no comenzó con su nombramiento, sino mucho antes. Una de las primeras referencias documentales que permiten seguir sus pasos se remonta a 2017, cuando figuraba entre los aspirantes admitidos a las oposiciones al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia. En 2019 ya aparecía en las relaciones de candidatos a las carreras Judicial y Fiscal. También concurrió a convocatorias posteriores, incluida la de 2021, antes de conseguir superar definitivamente las pruebas de acceso a la judicatura.

La culminación llegó con la convocatoria de 2022. En diciembre de 2023, su nombre figuraba en la relación de aspirantes aprobados, en el puesto número 17 y con una calificación de 73,37 puntos. Detrás de ese resultado había quedado una sucesión de convocatorias y años de preparación, hasta franquear el acceso a una carrera profesional en la que el ingreso exige superar un proceso selectivo especialmente competitivo.

En enero de 2024 ingresó en la Escuela Judicial, donde completó la formación necesaria para ejercer. Formaba parte de una promoción de 121 nuevos jueces, integrada por 85 mujeres y 36 hombres, una mayoría femenina que también caracteriza a las últimas incorporaciones a la Carrera Judicial.

La formación no terminó con las oposiciones. Antes de recibir un destino definitivo, los nuevos jueces atraviesan un periodo de preparación práctica que les permite conocer el funcionamiento cotidiano de los órganos judiciales, desde la tramitación de procedimientos hasta la dirección de actuaciones jurisdiccionales. En el caso de Ortiz Tiliakou, esa primera experiencia profesional la llevaría hasta Cantabria.

La primera experiencia, en Torrelavega

Antes de instalarse en Castilla-La Mancha, la instructora del accidente de Urda pasó por los tribunales cántabros. El 27 de junio de 2025 juró como jueza sustituta ante la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, después de superar la fase de prácticas tuteladas de su promoción.

A partir del 2 de julio, comenzó a ejercer en el Tribunal de Instancia de Torrelavega, donde se le asignó la plaza número 6. Su nombramiento, junto al de otra jueza en prácticas, formaba parte de la fase de refuerzo y sustitución prevista para los integrantes de la 74.ª promoción, que se extendía inicialmente hasta el 30 de noviembre de aquel año.

Aristea Afroditi Ortiz Tiliakou, la sexta por la izquierda, en su toma de posesión en Castilla-La Mancha. (Consejo de la Abogacía de Castilla-La Mancha)

La experiencia en Cantabria le permitió asumir funciones jurisdiccionales antes de su incorporación definitiva a la carrera. No era todavía su primer destino como titular, pero sí una etapa en la que comenzó a desenvolverse en el ejercicio efectivo de la jurisdicción, con las responsabilidades que implica tomar decisiones judiciales y dirigir procedimientos.

El 12 de enero de 2026, la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial acordó su nombramiento como jueza titular de la plaza número 2 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Orgaz. El acuerdo, publicado en el BOE, la situó en su primer destino definitivo.

El 3 de febrero recibió su despacho en Barcelona, en el acto de entrega a los nuevos integrantes de la Carrera Judicial presidido por Felipe VI. Tres días después, el 6 de febrero, juró su cargo en Castilla-La Mancha.

Orgaz, una localidad toledana desde la que se atienden asuntos de su partido judicial, debía ser el lugar en el que consolidase sus primeros pasos como titular. La plaza combina competencias civiles y de instrucción penal, con las guardias que permiten atender las diligencias urgentes y las actuaciones que no pueden esperar al funcionamiento ordinario de los juzgados. Y fue precisamente esa obligación de guardia la que alteró el curso de su primer año.

Una investigación extraordinaria para una jueza recién llegada

El accidente ferroviario de Urda ha colocado a Ortiz Tiliakou ante una investigación que exige mucho más que reconstruir las circunstancias inmediatas de una colisión. El procedimiento deberá determinar cómo se produjo el choque, qué información manejaban los responsables de la circulación, qué órdenes se transmitieron y si se respetaron los protocolos de seguridad, además de esclarecer, en su caso, las responsabilidades penales que pudieran derivarse de los hechos.

La jueza se encontraba de guardia cuando se produjo el siniestro, una circunstancia que explica que su juzgado haya asumido las diligencias. La dimensión de la tragedia obligó desde el primer momento a reforzar los medios del órgano instructor. La Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha acordó que la titular de la plaza número 1 de Orgaz, Mónica Iniesta Sampayo, colaborase en la dirección y tramitación de las actuaciones, junto con otros magistrados y profesionales especializados.

Se han constituido equipos de trabajo con magistrados, letrados de la Administración de Justicia y médicos forenses, además de activar los mecanismos de coordinación para la identificación de las víctimas y la atención a sus familiares. La estructura de apoyo pretende agilizar las diligencias sin alterar las competencias de la jueza responsable de la instrucción.

Las primeras decisiones adoptadas por Ortiz Tiliakou ofrecen ya algunas claves sobre el rumbo de las pesquisas. La instructora ha acordado preservar el escenario del accidente, restringir el acceso a la zona afectada e impedir la retirada de elementos o la difusión de imágenes, con el objetivo de proteger las pruebas.

También ha ordenado la incautación y custodia de las cajas negras de los trenes siniestrados por parte de la Policía Judicial de Toledo, para su posterior análisis. Entre las diligencias figura, asimismo, la obtención de información del centro de control de Atocha sobre la circulación ferroviaria y la identificación de las personas encargadas del mando en el momento del accidente.

La Policía Judicial deberá recabar también documentación de Adif sobre los protocolos de actuación aplicables en los minutos previos, durante el siniestro y después de este. La jueza ha decretado, además, el secreto de las actuaciones, una medida que limita el acceso al contenido de la investigación y que no equivale a anticipar ninguna conclusión sobre las causas del choque.

Quién dio las órdenes, con qué información y bajo qué protocolo se reanudó la circulación: las incógnitas del accidente ferroviario de Urda que busca resolver la jueza

29 October 2026 at 08:41
Los trenes siniestrados en Urda. (Europa Press)

La investigación judicial del accidente ferroviario de Urda ha comenzado por reconstruir las decisiones que se tomaron en el centro de control de Adif en Atocha durante los minutos que precedieron a la colisión. La jueza que dirige las diligencias, Aristea Afroditi Ortiz, titular de la plaza número 2 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Orgaz (Toledo), ha ordenado recabar los registros de circulación de los trenes afectados, identificar a los responsables que estaban al frente del mando y reunir los protocolos que debían regir la actuación ante la incidencia que alteró el tráfico ferroviario.

La primera línea de investigación conduce así hasta quienes tenían encomendada la regulación de la circulación y las instrucciones que transmitieron cuando el sistema de seguridad LZB dejó de funcionar con normalidad. La documentación requerida a Adif deberá permitir contrastar las comunicaciones entre el puesto de mando y los trenes con los datos registrados sobre sus movimientos, las órdenes impartidas y los procedimientos aplicables en una situación de funcionamiento degradado. De esa reconstrucción dependerá, en buena medida, que los investigadores puedan establecer qué información manejaban los responsables de la circulación y en qué condiciones se autorizó la reanudación de la marcha.

El ministro de Transportes, Óscar Puente, señaló que desde el centro de control se había autorizado al AVE de Renfe a continuar la marcha después de la incidencia, pese a que el Iryo que circulaba por delante seguía ocupando la vía. El propio ministro calificó de “inexplicable” esa decisión, aunque la explicación definitiva de lo ocurrido y la eventual existencia de responsabilidades corresponden a las investigaciones abiertas.

Las comunicaciones y los registros, bajo examen

La instructora ha oficiado a la Policía Judicial para que acuda al centro de control de Atocha y recabe los datos relativos a la circulación en la zona del accidente, así como un informe de la comisión de investigación de Adif que identifique a las personas encargadas del control de mando en el momento del siniestro. En otra resolución, ha solicitado a la Policía Judicial de Toledo que obtenga de la compañía los protocolos de actuación correspondientes a los minutos anteriores, simultáneos y posteriores al accidente.

La documentación deberá servir para reconstruir no solo qué órdenes se transmitieron, sino también el marco en el que se adoptaron. La investigación tendrá que comprobar qué procedimiento estaba previsto para responder al fallo del LZB, qué instrucciones recibieron los maquinistas y cómo evolucionó la incidencia hasta desembocar en la colisión. La secuencia tendrá que establecerse a partir de los registros y de las declaraciones, sin que las hipótesis que circulan sobre el origen del accidente puedan sustituir el análisis de las pruebas.

Trabajadores de emergencia trabajan en el lugar donde chocaron dos trenes en Urda. (AP Foto / Manu Fernández)

En paralelo, la jueza ha ordenado la incautación y custodia por parte de la Policía Judicial de Toledo de las cajas negras de los trenes siniestrados que se encuentren, con vistas a su posterior análisis. A sus datos se sumarán los elementos que puedan recuperarse en la vía, cuyo examen resulta necesario para completar la reconstrucción de los movimientos y las circunstancias del impacto.

La preservación del escenario ha llevado a la instructora a prohibir el acceso de personas ajenas a un perímetro de dos kilómetros de la línea de alta velocidad Madrid-Sevilla, en ambos sentidos, así como la retirada de cualquier elemento y la toma y difusión de imágenes de la zona afectada. La restricción deja el acceso reservado a las fuerzas de seguridad, los equipos de salvamento y sanitarios y el personal judicial, con el propósito de evitar que se alteren los vestigios antes de que puedan ser examinados.

Una investigación judicial y otra técnica

Las primeras actuaciones se desarrollan en paralelo al trabajo de la Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios (CIAF), que debe esclarecer las causas técnicas del siniestro y formular, en su caso, recomendaciones para evitar que se repita. Agentes de la Guardia Civil y técnicos de la CIAF ya han interrogado al operario del centro de control de Adif que regulaba el tráfico en el momento del accidente, una actuación que forma parte de las pesquisas técnicas y que no debe confundirse con las diligencias judiciales.

La causa judicial, que permanece bajo secreto de sumario, cuenta con un dispositivo extraordinario de apoyo. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha activado el protocolo nacional de actuación médico-forense y de Policía Científica para sucesos con víctimas múltiples, con la intervención del Instituto de Medicina Legal de Toledo y el apoyo del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses de Madrid en las tareas de identificación, recogida de muestras biológicas y análisis genéticos. La organización judicial se ha reforzado asimismo para atender las diligencias, los levantamientos de cadáveres y las necesidades de coordinación derivadas de la emergencia.

El accidente, que dejó 68 muertos, ha abierto también una disputa sobre la eventual responsabilidad penal de quienes participaron en la gestión de la circulación y de los sistemas ferroviarios. Vox ha presentado una querella contra responsables por determinar de Adif, en particular contra los operadores del puesto de mando de Atocha que autorizaron la reanudación de la marcha, sus superiores y quienes tuvieran atribuidas funciones sobre los procedimientos de operación degradada y la seguridad. La formación plantea posibles delitos de homicidio y lesiones imprudentes y solicita, entre otras diligencias, la identificación de los trabajadores que estaban de servicio y la conservación de las grabaciones y registros.

Manos Limpias ha presentado, por su parte, una denuncia contra Adif, Renfe e Iryo, además de contra las personas que pudieran resultar responsables de la gestión, supervisión o mantenimiento del material y de la infraestructura. Las iniciativas de ambas acusaciones deberán seguir su propio recorrido procesal y no suponen, por sí mismas, que exista una atribución judicial de responsabilidad.

Dos años después de la DANA, la Justicia aún busca respuestas sobre la gestión de la tragedia: el Es-Alert, los dos investigados y las incógnitas sobre Mazón

29 October 2026 at 04:30
La sede del PP en Moncada, vandalizada con barro en la cara de Carlos Mazón. (Redes Sociales)

La tarde del 29 de octubre de 2024, mientras el agua anegaba municipios enteros de Valencia, las autoridades autonómicas trataban de coordinar una respuesta a una emergencia que desbordaba los medios disponibles. El mensaje masivo que debía advertir a la población de la gravedad de la situación no llegó a los teléfonos móviles hasta las 20.11 horas. Para entonces, el barranco del Poyo ya se había desbordado y la riada había convertido calles, garajes y plantas bajas en trampas mortales.

Dos años después, aquella secuencia de decisiones continúa bajo investigación judicial. La causa abierta en Catarroja no ha determinado todavía las responsabilidades penales por la gestión de la emergencia que dejó 233 muertos. La jueza Nuria Ruiz Tobarra trata de reconstruir qué sabían los responsables autonómicos, cuándo lo supieron y qué hicieron con esa información. En el centro de las pesquisas están la demora del Es-Alert, las decisiones adoptadas durante la reunión del Cecopi y las comunicaciones que mantuvieron los integrantes del Gobierno valenciano en las horas críticas.

La investigación tiene dos protagonistas procesales: Salomé Pradas, entonces consellera de Justicia e Interior, y Emilio Argüeso, su número dos en el área de Emergencias. Ambos están investigados por su actuación durante la catástrofe. Carlos Mazón, que presidía la Generalitat aquella jornada, quedó fuera de la causa principal después de que el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) rechazara la petición de la instructora para investigarlo. La magistrada, sin embargo, continúa recabando pruebas y ha conseguido que la reconstrucción de aquella tarde avance por una vía que ya no depende únicamente de las versiones ofrecidas por los responsables políticos.

Reconstruir una tarde decisiva

La instrucción comenzó con una pregunta aparentemente sencilla, pero de enorme complejidad jurídica: si las autoridades responsables de gestionar la emergencia podían haber adoptado medidas que evitaran algunas de las muertes. Para responderla, la jueza debía reconstruir la sucesión de acontecimientos y determinar qué información llegó a cada responsable, qué competencias tenía y cuánto margen de actuación conservaba cuando la situación empeoró.

La investigación se ha centrado en buena medida en el funcionamiento del Cecopi, el centro de coordinación que reunió a los responsables de las distintas administraciones durante la emergencia. La hora de su constitución, las propuestas que se debatieron y la redacción del mensaje de alerta se convirtieron en piezas fundamentales para establecer cómo se respondió al riesgo.

Decenas de coches amontonados en Sedaví, Valencia. (Rober Solsona / Europa Press)

Uno de los hallazgos relevantes llegó en diciembre de 2025, cuando la jueza obtuvo el primer borrador del Es-Alert que se había descartado aquella tarde. A diferencia del mensaje que finalmente se envió, aquel texto incluía una orden de confinamiento de la población. La alerta definitiva, remitida a las 20.11 horas, se limitó a recomendar que se evitaran los desplazamientos.

La diferencia entre ambos mensajes dio una nueva dimensión a la investigación. Ya no se trataba únicamente de explicar por qué la alerta había llegado cuando las inundaciones estaban en marcha, sino también de esclarecer por qué se descartó una formulación que contemplaba una medida de protección más restrictiva. La instructora ha examinado la intervención de Pradas en la elaboración del aviso y las decisiones tomadas durante la reunión de coordinación.

Las advertencias previas y las comunicaciones del entorno de Mazón

A medida que avanzaron las pesquisas, la reconstrucción dejó de limitarse a las horas del Cecopi y se extendió a los días anteriores a la catástrofe. La investigación trata de esclarecer qué advertencias habían recibido las administraciones y si la información disponible permitía anticipar la magnitud del temporal.

El 19 de octubre de 2026, la alcaldesa de Catarroja, Lorena Silvent, declaró ante la jueza que el 112 había enviado al Ayuntamiento avisos sobre el riesgo meteorológico los días 25 y 28 de octubre de 2024. Según su testimonio, el municipio había activado su plan local de inundaciones antes de la jornada de la tragedia. La declaración aporta un nuevo elemento para contrastar las advertencias recibidas por las autoridades locales con la información que manejaban los responsables autonómicos.

La cuestión es especialmente relevante porque la Generalitat y los dos exaltos cargos investigados han sostenido que la falta de información procedente de organismos estatales dificultó la respuesta. La instrucción, sin embargo, ha incorporado distintas comunicaciones que permiten examinar qué avisos circularon y qué decisiones se tomaron a partir de ellos. El testimonio de Silvent obliga a precisar qué información se transmitió, a quién llegó y si resultaba suficiente para adoptar medidas adicionales.

Un hombre durante las labores de limpieza de los desperfectos ocasionados por la DANA en Paiporta, Valencia. (Diego Radamés / Europa Press)

Otro de los frentes de la causa son los mensajes intercambiados entre Pradas y José Manuel Cuenca, entonces jefe de gabinete de Mazón. Entre ellos figura una comunicación en la que Cuenca escribió a la exconsellera: “Salo, de confinar nada”. El mensaje se produjo mientras se debatían las medidas que debían adoptarse para proteger a la población. Cuenca ha defendido que sus comentarios no constituían órdenes vinculantes, mientras que la investigación trata de aclarar su contexto y el posible alcance de las indicaciones transmitidas desde Presidencia.

Las comunicaciones de Cuenca siguen siendo una de las incógnitas que la jueza quiere despejar. La magistrada ha mantenido las gestiones para intentar recuperar los mensajes de WhatsApp del día de la riada, una información que podría ayudar a completar la secuencia de contactos entre el entorno del presidente y los responsables de Emergencias. La obtención de esos datos no está garantizada, pero la instructora considera que todavía existen vías que merece la pena agotar.

La jueza aprecia indicios de que algunas muertes podrían haberse evitado

La evolución de la instrucción ha llevado a la magistrada a formular conclusiones cada vez más concretas sobre la actuación de los responsables de Emergencias. En un auto del 14 de octubre de 2026, la jueza sostuvo que existían claros indicios de que algunos fallecimientos en la pedanía valenciana de La Torre podrían haberse evitado si Pradas y Argüeso hubieran ejercido sus funciones. La resolución puso el foco en los errores relacionados con el conocimiento de sus competencias y con la elaboración del Es-Alert.

La magistrada debe examinar las circunstancias de cada fallecimiento y establecer si existe una relación causal entre las decisiones investigadas y el resultado. En una causa de esta naturaleza, la gravedad de la tragedia no sustituye la obligación de probar los elementos de cada posible delito. El análisis judicial debe precisar qué podía hacer cada responsable, qué omitió y qué consecuencias tuvo esa conducta.

Varias personas realizan labores de limpieza en Paiporta, Valencia. (Eduardo Manzana / Europa Press)

El intento de investigar a Mazón y la decisión del TSJCV

La investigación llegó hasta Carlos Mazón el 24 de febrero de 2026, cuando la jueza elevó una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana para que valorase investigarlo por su actuación durante la DANA. La magistrada consideró que existían indicios de una posible negligencia en la gestión y coordinación de la emergencia y puso el foco en las comunicaciones mantenidas por su entonces jefe de gabinete con Pradas, así como en la ausencia del presidente de los centros de decisión durante las horas críticas. Mazón conservaba su condición de diputado autonómico y, por tanto, estaba aforado ante el tribunal superior valenciano. Era ese órgano, y no el juzgado de Catarroja, el competente para decidir si los indicios expuestos justificaban abrir una investigación contra él.

El TSJCV rechazó por unanimidad asumir la causa el 16 de marzo y mantuvo su decisión el 27 de abril. Los magistrados entendieron que los hechos descritos por la instructora no proporcionaban un fundamento sólido y objetivo para atribuir al expresidente un delito. También consideraron que su cargo no lo convertía automáticamente en garante penal de la seguridad de los ciudadanos y que no había indicios suficientemente sólidos de su participación directa en la decisión de enviar el Es-Alert.

Una causa que seguirá abierta en 2027

El 14 de septiembre, la jueza acordó prorrogar la instrucción seis meses más a partir del 30 de octubre de 2026, con el apoyo de la Fiscalía. La magistrada justificó la decisión por la complejidad de la causa, la gravedad de los hechos y la necesidad de practicar nuevas diligencias. Quedan declaraciones de perjudicados y testigos, informes médico-forenses y gestiones para intentar recuperar las comunicaciones de Cuenca.

La prórroga sitúa el siguiente horizonte procesal en abril de 2027, aunque no significa que la investigación vaya a concluir necesariamente en esa fecha. La jueza deberá valorar las pruebas pendientes y decidir si procede cerrar la instrucción, acordar nuevas diligencias o avanzar hacia la siguiente fase del procedimiento.

Dos años después de la DANA, la investigación ha permitido reconstruir parte de la cadena de decisiones que precedió al envío del Es-Alert, incorporar testimonios sobre las advertencias previas y examinar las comunicaciones entre los responsables autonómicos. También ha delimitado las posiciones judiciales sobre Pradas, Argüeso y Mazón, aunque sus situaciones procesales son distintas. Lo que todavía no ha establecido es una conclusión definitiva sobre quién debe responder penalmente por la gestión de la emergencia.

El futuro judicial de Mazón inquieta al PP: su salida de Les Corts tras las elecciones autonómicas de 2027 puede devolverlo al juzgado de la DANA

29 October 2026 at 04:30
El expresidente de la Generalitat valenciana, Carlos Mazón, durante su visita al centro del 112. (Rober Solsona / Europa Press)

Carlos Mazón sigue ocupando un escaño en Les Corts Valencianes, aunque hace casi un año que dejó de presidir la Generalitat. Es una presencia discreta en el Parlamento autonómico, pero con una trascendencia que va más allá de la política. Mientras conserve su condición de diputado, el expresidente permanece aforado ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV). Un privilegio procesal que determina qué tribunal puede investigarlo y que, a medida que se aproximan las próximas elecciones autonómicas, amenaza con convertirse en una de las principales incógnitas de su futuro.

El calendario electoral y el judicial empiezan a cruzarse. El Partido Popular debe decidir cómo afronta las elecciones autonómicas de 2027, con una dirección renovada en Valencia y una etapa política que aspira a dejar atrás la gestión de la DANA. Mazón, mientras tanto, se enfrenta a una pregunta que todavía no tiene respuesta: qué lugar le reserva su partido y qué ocurrirá con su situación judicial si deja de ser diputado.

Según adelanta El Independiente, el PP no prevé incluir a Carlos Mazón en sus listas para las elecciones autonómicas de 2027, una decisión que podría marcar el final de su etapa en Les Corts Valencianes y abrir un nuevo escenario en torno a su aforamiento. El diario apunta, no obstante, a la posibilidad de que el partido mantenga al expresidente en la Diputación Permanente para prolongar su condición de diputado hasta la constitución de las nuevas Cortes.

Mazón dimitió como presidente de la Generalitat en noviembre de 2025, después de que su gestión de la catástrofe, las explicaciones sobre aquella jornada y la presión de las víctimas erosionaran su posición política. Su salida abrió una nueva etapa en el PP valenciano, que quedó bajo una gestora presidida por Juanfran Pérez Llorca. La sucesión permitió al partido sostener el Consell, pero no borró el coste político de la tragedia.

Ahora, con las próximas listas en el horizonte, el expresidente ocupa un espacio cada vez más difícil de encajar. Su presencia podría reabrir el debate sobre las responsabilidades políticas de la emergencia en plena campaña electoral. Pero su eventual exclusión tampoco resuelve por sí sola qué hacer con un dirigente que conserva un acta parlamentaria y cuya situación judicial sigue bajo escrutinio.

La posibilidad de que el PP aparte a Mazón de la primera línea no implica necesariamente que vaya a desaparecer de la política. Una eventual recolocación en el Senado, en otra responsabilidad institucional o en un puesto orgánico permitiría al partido alejarlo de la contienda valenciana sin exigirle una retirada completa. Por ahora, sin embargo, no hay una decisión acreditada sobre un destino alternativo. Tampoco está demostrado que exista una negociación para ofrecerle un escaño en la Cámara Alta. Su futuro puede depender tanto de la estrategia de Génova como de la voluntad del propio Mazón, cuya continuidad en las listas y sus aspiraciones no deben darse por resueltas sin una confirmación expresa.

El escaño que lo mantiene fuera de Catarroja

La relevancia judicial de esa decisión se entiende al retroceder al origen de la causa. La jueza Nuria Ruiz Tobarra, instructora de la investigación sobre la gestión de la DANA en Catarroja, elevó el 24 de febrero de 2026 una exposición razonada al TSJCV al apreciar indicios de una posible responsabilidad penal de Mazón.

La magistrada apuntó a una “absoluta negligencia” en la gestión y coordinación de la emergencia y a un posible nexo causal entre esa actuación y las muertes producidas por la falta de avisos. Entre los elementos que examinó figuraban las comunicaciones de José Manuel Cuenca, entonces jefe de gabinete de Mazón, con la exconsellera Salomé Pradas durante las horas críticas del 29 de octubre de 2024.

La Sala de lo Civil y Penal del TSJCV rechazó por unanimidad, el 16 de marzo, asumir la investigación. Consideró que la exposición razonada no contenía un fundamento sólido y objetivo para atribuirle un delito y que no se habían acreditado indicios suficientemente consistentes sobre una eventual intervención del expresidente en el envío de la alerta Es-Alert. Los magistrados también descartaron que su conducta pudiera encajar, con los elementos aportados, en un homicidio imprudente por comisión por omisión. La resolución subrayó que la responsabilidad penal no podía derivarse únicamente del cargo que ocupaba ni de una valoración política o moral de su comportamiento.

La sede del PP en Moncada, vandalizada con barro en la cara de Carlos Mazón. (Redes Sociales)

El rechazo no supuso el cierre de la causa de Catarroja, que continuó respecto de otros investigados. Tampoco convierte en inevitable una futura imputación de Mazón. La eventual aparición de nuevas pruebas podría alterar el escenario, pero el pronunciamiento del TSJCV constituye un precedente que cualquier nueva actuación deberá tener en cuenta.

Qué cambiaría si pierde el aforamiento

El aforamiento no es una protección frente a cualquier investigación, sino una regla que determina el órgano judicial competente. El artículo 23 del Estatuto de Autonomía atribuye al TSJCV la competencia sobre la responsabilidad penal de los diputados autonómicos en los términos previstos legalmente. Si Mazón deja de ser parlamentario y no conserva otro título de aforamiento, la eventual causa correspondería, en principio, a los tribunales ordinarios competentes.

Eso abriría la posibilidad de que la jueza de Catarroja volviera a intervenir, pero no implicaría que pudiera imputarlo automáticamente. La pérdida del escaño no aporta indicios nuevos ni elimina los argumentos jurídicos con los que el TSJCV rechazó investigarlo. La eventual reapertura de esa vía dependería de las pruebas disponibles, del alcance de la resolución anterior y de las reglas procesales aplicables.

El calendario añade otra incógnita. La disolución de Les Corts prevista para las elecciones de 2027 podría situar el momento decisivo antes incluso de la votación. El mandato parlamentario y el régimen de prerrogativas no deben confundirse, sin embargo, con la mera convocatoria electoral. El Estatuto y el Reglamento de la Cámara regulan la finalización del mandato y el funcionamiento de la Diputación Permanente, cuyo papel resulta determinante para interpretar el escenario.

Según la información de El Independiente, el PP contempla la posibilidad de mantener a Mazón en ese órgano hasta la constitución de las nuevas Corts, lo que prolongaría su aforamiento. La viabilidad de esa fórmula dependerá de las reglas de composición y designación y de la situación efectiva de su escaño. No es, por ahora, una garantía de continuidad ni una decisión formalmente adoptada.

Una cuenta atrás que no resuelve la causa

La instrucción de la DANA, prorrogada hasta abril de 2027, coincide ya con el tramo previo a las elecciones. La jueza mantiene abiertas diligencias y sigue reconstruyendo las decisiones adoptadas durante una emergencia que dejó 230 víctimas mortales. El proceso judicial y la disputa política avanzan así sobre calendarios distintos, pero cada vez más próximos.

Para el PP, la incógnita es cómo cerrar la etapa de Mazón sin reabrir las heridas de la catástrofe en plena campaña. Para el expresidente, la cuestión es si conservará un lugar en la política valenciana o si su salida de Les Corts terminará por modificar también el escenario judicial.

Dos años después de la DANA, su escaño sigue siendo mucho más que una posición parlamentaria. Es el vínculo que mantiene a Mazón dentro de una institución de la que ya salió su principal responsable político y, al mismo tiempo, la pieza que puede determinar dónde se dirime una eventual investigación penal.

Un exsargento de la Gendarmería marroquí señala ante la jueza que las autoridades de su país contribuyeron a organizar la entrada masiva en Ceuta

28 October 2026 at 15:35
Un migrante marroquí rezando cerca de la playa del Trampolín, en Ceuta. (REUTERS / Manu Brabo)

Un antiguo sargento de la Gendarmería Real marroquí que entró a nado en Ceuta el pasado 30 de julio ha señalado ante la jueza de la Audiencia Nacional María Tardón a las autoridades de su país por su papel en la llegada masiva de migrantes a la ciudad autónoma. El testigo, que ya había declarado ante la Policía Nacional, ha ratificado su relato y ha identificado a responsables marroquíes a los que sitúa en las inmediaciones de la frontera durante los acontecimientos.

La comparecencia se ha celebrado este miércoles en una nueva ronda de interrogatorios sobre la entrada masiva, en la que también han declarado otros dos ciudadanos marroquíes que cruzaron a Ceuta aquel día y dos policías españoles. Según fuentes jurídicas, los reconocimientos fotográficos realizados por los testigos han permitido señalar a distintas autoridades administrativas y mandos policiales marroquíes cuya presencia en la zona trata de esclarecer la investigación.

El antiguo gendarme, identificado como Hicham E. B., ha reconocido, entre otros, a quien ha señalado como el ‘bacha’ de Castillejos, al que aseguró haber visto en una rotonda próxima al hotel Senator, cerca de la frontera, alrededor de las diez de la mañana. Según su declaración, el responsable administrativo hablaba por teléfono, conversaba con agentes y realizaba indicaciones con las manos. El testigo también ha identificado a un responsable policial.

Los reconocimientos se apoyan en las fotografías incorporadas a las diligencias policiales, en las que aparecen personas a las que los investigadores sitúan durante el avance de los migrantes hacia la frontera. La identificación de estos cargos constituye uno de los elementos de la investigación, aunque no acredita por sí sola que participaran en la organización del cruce ni permite atribuirles órdenes o actuaciones concretas.

Agentes de la Policía Nacional intervienen durante el proceso de desalojo de la playa de El Trampolín, en Ceuta. (Marcos Moreno / Europa Press)

Un interrogatorio marcado por la tensión

Los tres ciudadanos marroquíes han comparecido ante Tardón antes de los dos policías españoles que han cerrado la jornada. Los dos primeros se han ratificado en los testimonios que prestaron ante la Policía Nacional, mientras que la declaración del último de los migrantes ha transcurrido con mayores dificultades.

Según ha podido saber Infobae tras consultar fuentes jurídicas, la jueza ha interrumpido en varias ocasiones el interrogatorio de este tercer testigo, en el que se han planteado dudas sobre la credibilidad de su relato y sobre los motivos por los que decidió entrar en España. El declarante ha centrado parte de su intervención en material fotográfico relacionado con las personas que se encontraban en la zona durante la llegada masiva, pero la comparecencia ha terminado sin que el interrogatorio pudiera desarrollarse con normalidad.

Los dos agentes españoles han declarado a continuación. Sus testimonios se incorporan a las diligencias sobre la actuación policial durante el cruce y la respuesta de los cuerpos de seguridad españoles ante la llegada de miles de personas a la frontera.

El jefe fronterizo contactó con su homólogo marroquí antes de la entrada masiva

Las declaraciones de los dos policías españoles han aportado nuevos detalles sobre las comunicaciones entre ambos lados de la frontera y las decisiones adoptadas durante la llegada masiva. El responsable policial de la frontera de Ceuta ha explicado ante María Tardón que mantuvo contacto con Mustafa, jefe de la Policía fronteriza marroquí, quien le trasladó que la situación era de normalidad.

Según fuentes jurídicas, el mando español también ha relatado que consultó a sus superiores la posibilidad de cerrar la frontera ante lo que estaba ocurriendo, aunque la Delegación del Gobierno no llegó a plantear esa medida. En su relato, las autoridades marroquíes estaban colaborando y la situación que le había trasladado su homólogo no apuntaba a una alteración de la normalidad. Al mando español también le llamó la atención la ausencia de migrantes subsaharianos entre quienes llegaban a la frontera.

La jornada se ha completado con la declaración de un segundo policía, un sargento, cuyo testimonio se suma al del responsable fronterizo.

El exjuez Sáenz de Tejada admite que habló de “eliminar” a Beatriz Biedma con Cintia Rocho, pero dice que se refería a “apartarla de una causa judicial”

28 October 2026 at 12:10
El exjuez Luis Sáenz de Tejada a su llegada a la Audiencia Nacional para declarar como investigado por el 'caso Leire Díez’. (Eduardo Parra / Europa Press)

Luis Sáenz de Tejada ha admitido este miércoles que pudo utilizar la expresión “eliminar” al referirse a la jueza Beatriz Biedma en una conversación con Cintia Rocho, aunque sostiene que hablaba de “apartarla de un procedimiento judicial” y no de causarle daño. El exmagistrado, que ha comparecido como investigado ante el juez Santiago Pedraz en la causa sobre las presuntas maniobras contra la magistrada que instruyó el procedimiento contra David Sánchez, hermano del presidente del Gobierno, ha ofrecido esa explicación a los periodistas a su salida de los juzgados, al tiempo que ha negado rotundamente todas las acusaciones.

“Ni me acuerdo si está dicho o no, pero en su caso sería en el chat”, ha afirmado cuando le han preguntado por las referencias a eliminar a Biedma. Sáenz de Tejada ha insistido en que la expresión estaría relacionada con su propia causa judicial, en la que, según su relato, su letrada consiguió apartar a la magistrada por enemistad manifiesta y por otras actuaciones que le atribuye.

“Yo dije eliminar en el proceso judicial”, ha insistido. Posteriormente, ha explicado que se refería a que la jueza fue “eliminada, expulsada, apartada de una causa judicial” y ha sostenido que ese precedente habría dado lugar a represalias contra él. El exmagistrado ha asegurado que la expresión está “totalmente fuera de contexto”.

La Guardia Civil incorporó a sus pesquisas el testimonio de Cintia Rocho, quien atribuyó a Sáenz de Tejada comentarios sobre la necesidad de “eliminar” a Biedma y otras expresiones que interpretó como una posible amenaza física contra la magistrada. El investigado rechaza esa versión y niega haber mantenido contacto con ella.

Reconoce que entregó documentación a Leire Díez

El exmagistrado también ha reconocido que remitió documentación sobre sus denuncias a Leire Díez, aunque ha negado haberse coordinado con la exmilitante socialista para presentar escritos o actuar contra Biedma. Según ha explicado, lleva desde 2013 denunciando presuntas irregularidades judiciales en Badajoz y ha acudido durante estos años a distintas instituciones, entre ellas la Fiscalía General del Estado, la Fiscalía Anticorrupción y el Consejo General del Poder Judicial.

La jueza Beatriz Biedma, que procesó al hermano de Pedro Sánchez, a su salida de comparecer ante la Audiencia Nacional. (Matias Chiofalo / Europa Press)

“Yo le mandé y si ella lo puede mover, como si se lo doy yo a usted, se lo puede hacer llegar al rey”, ha explicado. Sáenz de Tejada sostiene que compartía sus denuncias con periodistas, políticos y otras personas para darles difusión y que los contactos con Díez respondían a esa práctica. También ha negado que ella le indicase acudir a la Fiscalía General.

Preguntado por el origen de su relación con la exmilitante socialista, ha señalado al empresario Joaquín Parra, a quien atribuye la creación del grupo de WhatsApp en el que participaban, entre otros, Díez y Javier Pérez Dolset. “Fue el señor Parra”, ha respondido al ser preguntado por el chat, antes de matizar que era quien tenía interés en conseguir su ayuda.

Sáenz de Tejada ha asegurado que Parra acudía a él para pedirle colaboración por cuestiones relacionadas con el Club Deportivo Badajoz y que fue quien le presentó primero a Dolset y, posteriormente, a Díez. Sobre el empresario, condenado en la causa de los hidrocarburos, ha afirmado que no puede asumir responsabilidad por las actuaciones que este pudiera desarrollar al margen de esos contactos.

El investigado ha rechazado haber recibido un encargo de Díez para actuar contra Biedma, tanto directamente como a través de terceras personas. “Lo niego rotundamente”, ha reiterado.

Niega el seguimiento a la magistrada

Sáenz de Tejada también ha vuelto a negar el supuesto seguimiento en coche denunciado por la jueza, quien manifestó que un vehículo blanco se puso en paralelo al suyo cuando regresaba del aeropuerto de Badajoz el pasado 8 de octubre. El exmagistrado sostiene que se encontraba a unos 450 kilómetros, acompañado de familiares, y asegura que cuenta con tres testigos y pruebas de geolocalización y grabaciones para acreditar su versión.

Biedma ha denunciado una campaña de desprestigio y ha trasladado a Pedraz su preocupación por su seguridad y la de sus hijas. El exmagistrado, por su parte, ha calificado la causa de “montaje” y ha sostenido que la investigación busca desacreditar a quienes denuncian presuntos casos de corrupción en Badajoz y vincularlos al PSOE en plena campaña electoral. También ha anunciado nuevas acciones legales contra quienes, a su juicio, han difundido acusaciones falsas.

Sáenz de Tejada ha enmarcado su enfrentamiento con Biedma en las denuncias que mantiene desde hace más de una década contra actuaciones judiciales en Extremadura. Entre ellas, ha mencionado una condena contra una magistrada de Badajoz que, según sostiene, demostraría sus denuncias de prevaricación judicial. Esas afirmaciones forman parte de su versión y no acreditan por sí mismas las acusaciones que dirige contra la jueza.

Iustitia Europa pide al Tribunal Supremo que extienda la suspensión del voto de la ‘ley de nietos’ a los nacionalizados que residen en España

28 October 2026 at 08:15
Un colegio electoral durante unos comicios. (Europa Press)

Iustitia Europa ha vuelto a acudir al Tribunal Supremo para intentar ampliar el alcance de la suspensión cautelar del voto de los nacionalizados por la denominada ‘ley de nietos’ de cara a las elecciones generales del próximo 29 de noviembre. La formación ha solicitado a la Sala de lo Contencioso-Administrativo que extienda las restricciones a quienes, después de adquirir la nacionalidad española y figurar inscritos como residentes en el extranjero, trasladaron su domicilio a España y pasaron a formar parte del censo electoral nacional. Al mismo tiempo, reclama suspender temporalmente los efectos electorales de la totalidad de los electores que obtuvieron la nacionalidad por el Anexo III de la Ley de Memoria Democrática y que figuren tanto en el censo de residentes en España como en el del exterior.

El escrito, presentado este miércoles por la vía de las medidas cautelarísimas inaudita parte —que permiten al tribunal resolver inicialmente sin escuchar a las demás partes cuando aprecia una especial urgencia—, plantea dos actuaciones distintas. Por un lado, pide localizar a los electores procedentes del Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) que ahora están inscritos en el Censo Electoral de Residentes en España (CER) y suspender sus efectos electorales hasta completar la comprobación individual de sus expedientes. Por otro, solicita que esa suspensión se aplique a todos los nacionalizados por el Anexo III que figuren en cualquiera de los dos censos, mientras la Administración determina su procedencia familiar y la vía por la que sus progenitores obtuvieron la nacionalidad.

El vacío que quiere cubrir la formación

El CER es el Censo Electoral de Residentes en España, en el que figuran los electores españoles que tienen su residencia habitual en territorio nacional. Es el censo en el que se inscribe, con carácter general, quien reside en España y desde el que se ejerce el derecho al voto en las elecciones generales, autonómicas, municipales y europeas, conforme a las reglas específicas de cada convocatoria.

El CERA, por su parte, es el Censo Electoral de Residentes Ausentes, que reúne a los españoles que viven habitualmente en el extranjero y están inscritos como residentes en los registros consulares. Ambos forman parte del censo electoral, que es único para los procesos electorales, aunque la adscripción de los electores y las modalidades para ejercer el sufragio varían en función de su residencia.

La distinción resulta determinante para entender el nuevo movimiento judicial. Las medidas cautelares acordadas por el Supremo el 10 de septiembre y mantenidas el 12 de octubre se centraron en las inscripciones y los efectos electorales vinculados al CERA. Sin embargo, según sostiene Iustitia Europa, una persona comprendida en el colectivo afectado puede dejar de figurar en ese censo si regresa a España, causa baja como residente en el extranjero y se incorpora al CER.

El abogado y líder de Iustitia Europa, Luis María Pardo, a su llegada al Tribunal Supremo. (Eduardo Parra / Europa Press)

Iustitia Europa considera que ese tránsito puede generar una vía para que electores afectados por las resoluciones anteriores vuelvan a desplegar efectos electorales sin haber completado las comprobaciones exigidas por el Alto Tribunal. Por ello, reclama que se reconstruyan sus movimientos censales y que se suspenda provisionalmente el sufragio de quienes estén individualmente comprendidos en el colectivo afectado.

Una identificación cruzada entre el censo, el padrón y los registros consulares

Para localizar a esos electores, la formación pide al Supremo que requiera de inmediato a la Oficina del Censo Electoral (OCE) y al Instituto Nacional de Estadística (INE), con la colaboración de Exteriores y de los órganos registrales y consulares, una identificación nominal e individualizada. La operación debería determinar cuándo se produjo el alta inicial en el CERA, la fecha y la causa de la baja, el momento de la inscripción padronal y de la incorporación al CER, así como la circunscripción electoral correspondiente y el estado de comprobación del expediente de nacionalidad.

El escrito sostiene que esa reconstrucción es técnicamente posible porque la Oficina del Censo Electoral conserva un histórico de los movimientos e intercambios de información que permite recuperar la situación de un elector en fechas determinadas. Los consulados remiten periódicamente las altas, bajas y modificaciones de sus registros y la OCE incorpora esos movimientos a la base de datos electoral.

No obstante, la documentación administrativa citada por la formación refleja las dificultades que está encontrando la Administración para completar las comprobaciones ordenadas por el Supremo. De un primer envío de 2.392 registros, 1.571 correspondían al supuesto concreto afectado por las medidas cautelares. De estos, 1.278 fueron localizados en el censo vigente, mientras que otros 293 no pudieron ser encontrados.

Además, un fichero acumulativo de 17.914 registros remitido el 20 de octubre contenía errores que, según el informe de la OCE reproducido en el escrito, impedían garantizar su fiabilidad. En paralelo, la Oficina obtuvo información de DICIREG sobre 76.600 personas que habían adquirido la nacionalidad por el supuesto examinado, de las cuales 38.188 fueron localizadas en el censo electoral vigente para los comicios del 29-N.

El documento recoge asimismo que, a 21 de octubre, Exteriores había trasladado a la OCE 31.390 expedientes, aproximadamente el 19,2% del colectivo de 163.020 personas cuya comprobación había sido ordenada, y que se habían expedido 91 certificaciones. En ese momento, 58 oficinas consulares habían finalizado el examen de los expedientes, otras 29 habían remitido datos parciales y las restantes continuaban con la revisión.

Son cifras correspondientes a los informes incorporados a la pieza cautelar y a las fechas que estos reflejan, no un balance actualizado a este miércoles. Iustitia Europa las utiliza para argumentar que la revisión del colectivo exige una nueva operación de contraste, esta vez para identificar también a quienes han pasado del CERA al CER.

Bolaños y Albares se quedan sin tiempo para identificar a los 163.020 afectados por la ‘ley de nietos’: el último balance del censo solo recogía 1.278 comprobados

28 October 2026 at 04:30
El ministro de Asuntos Exteriores, José Manuel Albares, y el ministro de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Justicia, Félix Bolaños. (Eduardo Parra / Europa Press)

Félix Bolaños y José Manuel Albares afrontan las últimas horas del plazo que les ha dado el Tribunal Supremo para identificar a los 163.020 nacionalizados por la llamada ‘ley de nietos’ cuyo derecho al voto está suspendido cautelarmente de cara a las elecciones generales del próximo 29 de noviembre. El Alto Tribunal ha exigido a los ministros de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y de Asuntos Exteriores que entreguen antes de las 15.00 horas de este miércoles la relación nominal de los afectados, una información que la Administración todavía no había facilitado cuando el tribunal lanzó su ultimátum, pese a conocer el número exacto de electores sobre los que recae la medida.

El último balance incorporado a la causa, con datos del 21 de octubre, reflejaba las dificultades para completar la identificación. Hasta esa fecha se habían revisado 31.390 expedientes, el 19,3% de los 163.020 electores afectados, y los consulados habían expedido únicamente 91 certificados que acreditaban la condición de descendientes de exiliados. La cifra de expedientes examinados dejaba otros 131.630 pendientes de revisión, aunque ese cálculo no permite determinar cuántos ciudadanos están ya identificados ni cuántos podrían recuperar el derecho a votar.

La diferencia entre los registros disponibles y la relación que reclama la Justicia se ha convertido en el principal obstáculo para ejecutar la resolución. El Gobierno asegura que ha remitido a la Oficina del Censo Electoral los nombres de unos 76.000 expedientes digitalizados, pero ese conjunto incluye nacionalizados por la Ley de Memoria Democrática que no necesariamente figuran entre los electores afectados. En él hay menores de edad y personas cuya inscripción en el censo no estaba completada el pasado 1 de agosto, fecha de referencia para las elecciones del 29-N.

Una lista que no sale de los registros informáticos

La dificultad para identificar a los afectados reside en que la Administración no dispone de una base de datos que permita cruzar automáticamente todas las inscripciones y determinar quién obtuvo la nacionalidad por cada una de las vías contempladas en la normativa. La información disponible tampoco permite distinguir de forma inmediata entre quienes adquirieron la nacionalidad por los supuestos previstos en la disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática y quienes lo hicieron al amparo de la instrucción dictada por el Ministerio de Justicia el 25 de octubre de 2022.

Esta última amplió los supuestos para acceder a la nacionalidad y estableció una presunción de exilio para determinados emigrantes españoles. El Supremo considera que esa interpretación excedió lo previsto legalmente, lo que dio origen a la controversia sobre la participación electoral de los nacionalizados por esta vía.

Según explicó el ministro de Justicia, su departamento entregó el 15 de octubre a la Oficina del Censo Electoral los nombres de unos 76.000 expedientes digitalizados, correspondientes a los procedimientos incorporados a este sistema desde mediados de 2024. Sin embargo, la mayoría de los expedientes de los afectados no estarían disponibles en ese formato. Para reconstruir la información, los consulados deben localizar los asientos registrales y comprobar individualmente las anotaciones que permitan conocer la vía por la que se concedió la nacionalidad.

La Embajada de España en Buenos Aires. (Gustavo Garello / AP)

La Abogacía del Estado ya había advertido al Supremo de las dificultades materiales de la operación. La Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares había calculado que revisar cada expediente podía llevar una media de 20 minutos. Con ese ritmo, el cumplimiento de los requerimientos anteriores ya se consideraba prácticamente inviable para algunas de las oficinas con mayor volumen de inscripciones, incluso antes del adelanto electoral.

Dieciséis consulados concentran más del 80% de los casos

El grueso del trabajo se concentra, además, en un reducido número de oficinas. Según los datos trasladados al procedimiento, 16 consulados acumulan alrededor de 142.000 inscripciones, más del 80% de los casos afectados por la suspensión. Entre las sedes que afrontan mayores dificultades figuran las de La Habana, Rosario, Buenos Aires, Ciudad de México, Caracas y Mendoza.

La distribución territorial y las condiciones de trabajo explican parte de los problemas. Exteriores ha señalado circunstancias estructurales, como el volumen de solicitudes, y otras coyunturales, entre ellas los cortes de electricidad, la falta de combustible o los efectos de desastres naturales, que dificultan las comprobaciones.

El balance consular cerrado el 21 de octubre recogía que 58 oficinas habían completado el examen de los expedientes y cumplimentado los ficheros correspondientes, mientras otras 29 habían remitido información parcial. Las 85 restantes todavía no habían incorporado sus datos a esos ficheros, aunque el departamento sostenía que estaban trabajando en la revisión.

Refuerzo de personal y trabajo durante el fin de semana

Tras el ultimátum judicial, Exteriores ha tratado de acelerar la revisión. El departamento autorizó las solicitudes de refuerzo planteadas por los consulados, puso a disposición de estas oficinas al personal de las embajadas y ordenó priorizar la tarea, incluso durante el fin de semana. También suspendió permisos y vacaciones para concentrar recursos en la identificación de los afectados.

El ministro José Manuel Albares reconoció las dificultades de completar el proceso en el margen concedido, pero defendió que el Servicio Exterior estaba volcado en el cumplimiento de las resoluciones. El Ejecutivo sostiene que la revisión exige comprobaciones manuales que no pueden sustituirse por una extracción informática de los datos.

El Supremo amenaza con multas y posibles responsabilidades penales

El Alto Tribunal ha elevado la presión sobre el Ejecutivo al dirigir su requerimiento directamente a Bolaños y Albares. Hasta ahora, las peticiones de información se habían canalizado a través de la Junta Electoral Central y la Abogacía del Estado. En los autos notificados el 23 de octubre, la Sala de lo Contencioso-Administrativo reprochó a la Administración que conozca el número de afectados, pero no haya facilitado sus identidades.

Por ello, el Supremo ha apercibido a los ministros de que, si no entregan la documentación antes de las 15.00 horas de este miércoles, podrá imponerles multas coercitivas de 1.000 euros, reiterables hasta la completa ejecución del fallo. También contempla deducir testimonio de particulares para que se examinen eventuales responsabilidades penales, además de otras responsabilidades patrimoniales.

El voto exterior, pendiente de la depuración del censo

El requerimiento a los ministros se produce, además, cuando ya ha comenzado el calendario para el voto de los residentes en el extranjero. El Supremo ha ordenado a la Junta Electoral Central que la documentación electoral incluya una advertencia sobre el carácter provisional de la inscripción de los afectados por la Ley de Memoria Democrática.

La Sala también ha establecido que, una vez recibida la relación nominal, se excluya del Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) a los afectados que no dispongan del certificado consular exigido, y ha fijado instrucciones para la custodia y el recuento de los votos que puedan recibirse de electores que finalmente no figuren en la relación válida.

El problema es que la identificación no solo condiciona la elaboración de las listas, sino también la organización del voto y la seguridad del escrutinio. En un proceso electoral adelantado, con los plazos ya en marcha, la depuración del censo se ha convertido en una carrera contrarreloj que enfrenta al Supremo con las limitaciones administrativas que el Gobierno lleva semanas alegando.

Zapatero entregó al Estado un reloj de esmeraldas, otro de mármol y una artesanía de oro y plata que le regaló el rey saudí, pero no las joyas de 1,3 millones euros

27 October 2026 at 15:37
Zapatero entregó al Estado un reloj con esmeraldas, otro con un ciervo y una escena del desierto que le regaló el rey saudí, pero no las joyas de 1,3 millones euros. (Montaje Infobae)

Un presidente del Gobierno puede recibir una botella de vodka, un machete con funda de piel o hasta un ladrillo procedente del derribo de una cárcel y entregarlos al patrimonio público. Eso es lo que hizo José Luis Rodríguez Zapatero con los obsequios institucionales que recibió durante sus ocho años en La Moncloa, entre los que figuran algunos de los presentes más insólitos de su etapa al frente del Ejecutivo. Las joyas que atribuye al rey de Arabia Saudí, cuyo valor se ha cifrado inicialmente en 1,3 millones de euros, no aparecen, sin embargo, en el inventario.

La relación oficial de regalos de las legislaturas 2004-2008 y 2008-2011, al que ha tenido acceso Infobae, recoge desde piezas de artesanía y recuerdos institucionales hasta objetos ceremoniales y obras conmemorativas, como un tricornio de gala de la Guardia Civil, una menina realizada por personas en régimen de privación de libertad o una escultura de bronce de Don Quijote y Sancho Panza. El documento incluye, además, presentes de dirigentes extranjeros como Álvaro Uribe, Recep Tayyip Erdogan, Muamar el Gadafi o el rey saudí Abdalá bin Abdulaziz Al Saud.

El archivo, formalizado el 1 de marzo de 2012, acredita la incorporación al patrimonio de la Administración General del Estado de una serie de bienes recibidos como regalos institucionales por la Presidencia del Gobierno durante los dos mandatos de Zapatero. Los objetos quedaron adscritos al Ministerio de la Presidencia, con destino a la decoración de dependencias oficiales, en cumplimiento de dos órdenes del Ministerio de Hacienda de enero de aquel año.

El inventario ha llegado ahora a la Audiencia Nacional después de que el juez José Luis Calama reclamara a Patrimonio del Estado la relación de esos bienes, en el marco de la pieza separada abierta por las joyas halladas en el despacho del expresidente durante la investigación del ‘caso Plus Ultra’. El documento permite contrastar los regalos institucionales que sí fueron incorporados al patrimonio público con las alhajas que Zapatero sostiene que recibió a título personal del monarca saudí y que no aparecen en el acta.

Los otros regalos saudíes que sí llegaron al patrimonio público

Las joyas que Zapatero atribuye al rey saudí no son los únicos obsequios procedentes de la familia real de Arabia Saudí que recibió durante su etapa en La Moncloa. El inventario recoge otros presentes de la monarquía saudí que fueron incorporados al patrimonio público, entre ellos un reloj de sobremesa dorado con esmeraldas, atribuido al rey Abdalá y fechado el 19 de junio de 2007, coincidiendo con su visita oficial a España.

La relación incluye también un reloj de sobremesa sobre una peana de mármol con la figura de un ciervo, entregado por el entonces príncipe heredero saudí el 5 de junio de 2008, así como una representación de una escena del desierto, con una palmera, una jaima y figuras humanas, elaborada en oro y plata sobre una base de mármol y jade. Esta última pieza, fechada el 16 de julio de 2008, también figura como regalo del monarca saudí.

De una vasija de oro y mercurio a una menina elaborada por presos

Entre los presentes más singulares figura una vasija metálica dorada que el inventario describe como elaborada con una aleación de oro y mercurio. La entregó el entonces ministro turco de Asuntos Exteriores, Abdullah Gül, el 3 de marzo de 2006. De Turquía llegó también una jarra y una bandeja de plata regaladas por el entonces primer ministro, Recep Tayyip Erdogan, durante una visita el 22 de abril de 2009.

El expresidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero. (Europa Press)

El inventario recoge asimismo una carabela de plata con piedras de coral y una espada de plata labrada procedentes de Argelia, además de una cimitarra de plata del presidente yemení, Ali Abdullah Saleh, un incensario de plata de Omán y una silla de montar vinculada al entonces líder libio, Muamar el Gadafi.

Entre los obsequios de mandatarios extranjeros figuran también una escultura de bronce con las figuras de Don Quijote y Sancho Panza, regalo del entonces presidente salvadoreño, Elías Antonio Saca, en noviembre de 2008, y un sombrero artesanal del entonces presidente colombiano, Álvaro Uribe. La relación incluye, además, un águila de madera con tres plumas de plata, regalada por el presidente de Panamá, Ricardo Martinelli, y una caja de cristal con una representación de la mano de Fátima, entregada por la entonces ministra israelí de Exteriores, Tzipi Livni.

Otro de los regalos que más llaman la atención por su procedencia es el ladrillo del derribo de la cárcel de Carabanchel, entregado a Zapatero el 22 de diciembre de 2010 por Ángel Martínez Sanjuán, entonces presidente de la Sociedad Estatal de Infraestructuras y Equipamientos Penitenciarios. El objeto, procedente de la demolición de la prisión madrileña, quedó incorporado al patrimonio público junto al resto de los obsequios institucionales.

En la misma relación aparecen dos regalos del entonces presidente ruso, Dmitri Medvédev: una botella de vodka decorada, fechada el 3 de agosto de 2008, y un machete con funda de piel, registrado el 3 de octubre de ese mismo año. Ambos figuran entre los presentes recibidos por Zapatero en Moscú.

El catálogo incluye, además, objetos mucho más modestos, como figuras de barro, placas conmemorativas, bandejas, jarrones y recuerdos de viajes. La variedad de los presentes refleja el carácter heterogéneo de los obsequios recibidos en el contexto de las relaciones institucionales, aunque el documento no constituye necesariamente una relación de todos los regalos que pudieron llegar a manos del expresidente durante su etapa en La Moncloa.

La ausencia de las joyas abre la vía a investigar una posible malversación

El inventario permite reconstruir parte de los obsequios institucionales que recibió Zapatero durante sus ocho años en La Moncloa, pero no resuelve la incógnita de si las joyas que atribuye al rey saudí fueron un regalo personal o si, por las circunstancias en las que se entregaron, debieron incorporarse también al patrimonio público. Esa distinción centra ahora la investigación de la Audiencia Nacional.

La Fiscalía Anticorrupción sostiene que, si las alhajas fueron entregadas al expresidente durante su mandato en el marco de las relaciones institucionales, podrían haber adquirido la consideración de bienes públicos. En ese escenario, su falta de incorporación al patrimonio estatal podría constituir un presunto delito de malversación, según el planteamiento del Ministerio Público.

Anticorrupción invoca el Código de Buen Gobierno de los miembros del Gobierno, aprobado en 2005 por el Ejecutivo de Zapatero, que establecía limitaciones a la aceptación de regalos y contemplaba que los obsequios de mayor significación institucional se incorporasen al patrimonio público. La Fiscalía considera que el valor atribuido a las joyas excedería el de una atención de cortesía habitual y ha pedido que se investigue esta posible responsabilidad.

La defensa de Zapatero sostiene que las joyas fueron un obsequio personal del monarca saudí y trata de acreditar su procedencia ante la Audiencia Nacional. Para ello, el expresidente se dirigió, a través de la Embajada de Arabia Saudí en Madrid, al jefe de Protocolo de la Corte Real y anunció posteriormente su intención de solicitar cooperación judicial internacional. El magistrado, sin embargo, ha rechazado la petición de comisión rogatoria.

La jueza Tardón cita como testigos a tres marroquíes que entraron en Ceuta durante la avalancha migratoria para esclarecer si Marruecos facilitó la entrada masiva

27 October 2026 at 13:48
Varios migrantes celebran haber cruzado la frontera de Ceuta. (Europa Press)

La jueza de la Audiencia Nacional María Tardón interrogará este miércoles a tres ciudadanos marroquíes que entraron en Ceuta durante la avalancha migratoria del pasado 30 de julio. La magistrada quiere escuchar como testigos a quienes cruzaron la frontera en una de las jornadas más críticas de la crisis, en una investigación que busca esclarecer cómo se desarrolló la entrada masiva y si existió una actuación coordinada desde Marruecos.

Los tres están citados a las 10.00 horas por videoconferencia, antes de las declaraciones de los policías que también comparecerán mañana en el marco de la misma causa. Según fuentes jurídicas, los ciudadanos marroquíes habían acudido voluntariamente a declarar ante la Policía Nacional antes de que se acordara su comparecencia judicial. La instructora incorpora así a las diligencias el testimonio de personas que vivieron la entrada desde el lado de quienes cruzaron la frontera.

La causa, abierta por un presunto delito contra la paz e independencia del Estado, busca reconstruir cómo se produjo la llegada masiva, qué información manejaban las autoridades antes de los hechos y qué respuesta desplegaron los distintos organismos. En sus resoluciones, Tardón ha apuntado que la entrada no habría sido un episodio espontáneo, sino un proceso organizado en el que la finalidad migratoria habría servido de cobertura para generar una presión extraordinaria sobre la frontera.

La Policía apunta al guiado de los migrantes por agentes marroquíes

Uno de los aspectos que examina la magistrada es la actuación de las fuerzas marroquíes. En declaraciones incorporadas a la causa, responsables políticos de Ceuta y mandos policiales han descrito comportamientos de agentes del país vecino que, según sus testimonios, habrían facilitado o no impedido los cruces.

El principal indicio sobre este extremo es un informe de 55 páginas elaborado por el Centro Nacional de Inmigración y Fronteras (CENIF) de la Policía Nacional y remitido a la Audiencia Nacional. El documento sostiene que agentes marroquíes, tanto uniformados como de paisano, habrían participado en el guiado de los migrantes hacia determinados puntos de acceso a Ceuta. Según el análisis policial, algunos efectivos habrían dado indicaciones para que quienes intentaban cruzar a nado se dirigieran hacia el espigón del Tarajal.

Un agente de la Policía Nacional en Ceuta. (Europa Press)

El informe describe una situación de “permisividad policial” en el lado marroquí y sostiene que no se detectaron intentos serios de dispersar o alejar a la multitud del perímetro fronterizo. También recoge imágenes y testimonios sobre individuos que, sin formar aparentemente parte de la masa, habrían actuado como gestores del flujo, orientando a los migrantes hacia zonas concretas.

La Policía interpreta estos elementos como indicios de que la entrada respondió a un patrón organizado y no a una movilización espontánea. El documento plantea que el objetivo habría sido colapsar el sistema de control fronterizo y reducir la capacidad de respuesta española. No obstante, el informe no identifica una autoría concreta ni acredita por sí mismo que el Gobierno marroquí ordenara la operación. El Ministerio del Interior sostuvo que el análisis policial no atribuía a las fuerzas de seguridad marroquíes la planificación o ejecución de la crisis.

Las declaraciones sobre la pasividad de las fuerzas marroquíes

Los indicios recogidos por la Policía coinciden parcialmente con los relatos de testigos que han comparecido ante Tardón. El inspector jefe de la Policía Nacional en Ceuta Lorenzo Juan Fages aseguró que había observado a agentes marroquíes, uniformados y de paisano, haciendo gestos para facilitar el avance de las personas hacia territorio español. Según su declaración, algunos individuos conducían a los migrantes hacia la zona del espigón mientras los agentes permanecían en las inmediaciones.

El teniente coronel de la Guardia Civil Miguel Lobo también relató que la noche anterior a la entrada masiva se había informado de la presencia de seis embarcaciones marroquíes frente a Ceuta, entre ellas patrulleras e interceptoras.

Los responsables políticos ceutíes han ofrecido, por su parte, relatos sobre la actitud de los agentes del país vecino. La consejera Nabila Benzina ha descrito este martes la presencia de efectivos marroquíes que, según su versión, no estaban tratando de frenar los cruces. El portavoz del Gobierno local, Alejandro Ramírez, ha contado que había observado a personas recogiendo flotadores utilizados por quienes llegaban a Ceuta y devolviéndolos hacia Marruecos, donde volvían a emplearse.

El consejero de Presidencia de Ceuta alertó de una posible avalancha migratoria dos semanas antes de la entrada masiva e Interior lo consideró “un verano más”

27 October 2026 at 14:28
La Policía Nacional desalojando una playa de Ceuta. (Europa Press)

El consejero de Presidencia y Gobernación de Ceuta, Alberto Ramón Gaitán, ha asegurado este martes ante la jueza de la Audiencia Nacional María Tardón que había advertido a la Secretaría de Estado de Seguridad de la posibilidad de que las entradas de inmigrantes aumentaran durante los días previos a la crisis migratoria de finales de julio. El responsable del Gobierno de Juan Jesús Vivas sostiene que trasladó su preocupación directamente a la secretaria de Estado, Aina Calvo, dos semanas antes de la entrada masiva de personas desde Marruecos y que, pese a ello, la situación no recibió la importancia que merecía.

Según fuentes jurídicas, Gaitán ha relatado durante su declaración como testigo que mantuvo una reunión con Calvo el 16 de julio para advertirle del riesgo de una avalancha migratoria. De acuerdo con su versión, la alto cargo valoró los datos que le presentó como una situación propia de “un verano más”, en una ciudad acostumbrada a soportar una presión migratoria sostenida.

Un primer aviso el 16 de julio y un nuevo contacto diez días después

La primera advertencia que el consejero sitúa ante la jueza se produjo el 16 de julio, durante su encuentro con la secretaria de Estado de Seguridad. En esa reunión, según su relato, le trasladó su inquietud por la evolución de las llegadas y la posibilidad de que el fenómeno fuera a más en los días siguientes. El encuentro no se habría traducido en medidas concretas, siempre de acuerdo con la versión del testigo.

Gaitán volvió a contactar con Calvo el 26 de julio, esta vez a través de WhatsApp. El consejero le comunicó que la situación se estaba complicando. Según fuentes jurídicas, la respuesta que recibió fue que en el Ministerio eran conscientes de lo que estaba ocurriendo y que estaban trabajando en ello.

Los contactos se prolongaron durante las jornadas siguientes. El responsable de Presidencia y Gobernación ha explicado que se produjeron nuevas comunicaciones y reuniones con distintos departamentos de la Administración central, incluida Presidencia del Gobierno. En los encuentros de los días 27 y 28 de julio, la Ciudad Autónoma pidió un refuerzo de efectivos para hacer frente a la presión migratoria.

Interior rechazó instalar una barrera de boyas con redes sumergidas

Los tres consejeros del Gobierno de Ceuta que han declarado este martes ante la jueza le han trasladado que el Ejecutivo central descartó la posibilidad de instalar una barrera de boyas con redes bajo el agua para frenar las entradas a nado desde Marruecos. Según los testimonios de los responsables autonómicos, la propuesta no salió adelante por el riesgo de que los migrantes quedaran atrapados en la estructura. La medida pretendía reforzar la contención en el entorno del Tarajal, uno de los puntos por los que se produjo la entrada masiva del 30 de julio.

Los consejeros del Gobierno de Ceuta, Alberto Ramón Gaitán, Nabila Benzina y Alejandro Ramírez, a su llegada a la Audiencia Nacional. (Alberto Ortega / Europa Press)

La cuestión resulta especialmente relevante por el momento en el que se planteó la instalación de elementos físicos en la frontera marítima. El Tribunal Supremo dictó el 8 de julio una sentencia que impedía aplicar el rechazo en frontera a las personas que accedían a nado a Ceuta, al no existir un elemento de contención física que permitiera encajar esos cruces en el procedimiento previsto para las entradas irregulares. Al día siguiente, el 9 de julio, Interior ya contemplaba colocar una barrera flotante para prolongar en el mar el espigón fronterizo del Tarajal.

La instalación de este tipo de elementos, de hecho, llevaba semanas sobre la mesa. Sobre el 9 de julio Interior comenzó a estudiar una barrera flotante que prolongara el espigón y sirviera como elemento disuasorio. La estructura contemplada inicialmente sobresaldría entre 30 y 70 centímetros del agua y tendría una parte sumergida de hasta un metro. Pese a ello, los trabajos no arrancaron hasta el 1 de agosto, cuando ya se había producido la entrada masiva.

La cuestión de los medios de contención volvió a aparecer en las comunicaciones de los días previos a la crisis. Según la documentación del CNI, el 28 de julio el Gobierno consultó al Tribunal Supremo qué podía considerarse un elemento de contención fronterizo y si ese concepto podía incluir unas boyas que delimitaran la frontera marítima. La duda tenía una implicación directa sobre el procedimiento que podían aplicar los agentes a quienes intentaran acceder a la ciudad a nado.

Finalmente, Interior anunció el 1 de agosto el comienzo de la instalación de una barrera neumática de 500 metros en el espigón del Tarajal, combinada con una primera línea de boyas de contención proporcionadas por la Armada. El dispositivo se desplegó después de los hechos y tenía como objetivo dificultar el acceso a la playa y dar cumplimiento a la sentencia del Supremo. La diferencia entre esa infraestructura y la alternativa con redes sumergidas a la que se han referido los consejeros será relevante para precisar qué propuesta se descartó, cuándo se hizo y qué motivos se dieron para ello.

Iustitia Europa pide al Tribunal Supremo suspender también el derecho al voto a los hijos de los nacionalizados por la ‘ley de nietos’

27 October 2026 at 10:07
El abogado y líder de Iustitia Europa, Luis María Pardo, a su llegada al Tribunal Supremo. (Eduardo Parra / Europa Press)

Iustitia Europa ha solicitado al Tribunal Supremo que suspenda también los efectos electorales de los nacionalizados por la llamada ‘ley de nietos’ que figuran en el Anexo III de la instrucción de 25 de octubre de 2022. El partido político presidido por Luis María Pardo pretende extender así las medidas cautelares que ya afectan a 163.020 electores del extranjero a los hijos mayores de edad de quienes adquirieron la nacionalidad española al amparo de la Ley de Memoria Democrática o de la anterior Ley de Memoria Histórica.

La formación mueve ahora ficha para tratar de cerrar esa brecha, señalada por el diario El Mundo este lunes, y reclama que se identifique a este colectivo. Solicita, además, que los sufragios puedan recibirse, pero permanezcan separados y bajo custodia, sin incorporarse al escrutinio hasta que concluya la comprobación de la situación electoral de cada afectado.

Una petición que va más allá de los hijos de los 163.020 afectados

La iniciativa se apoya en la relación entre las distintas vías de acceso a la nacionalidad que contempla la disposición adicional octava de la Ley 20/2022, firmada por Sofía Puente. En concreto, el apartado 1.b) reconoce el derecho de opción a los hijos e hijas mayores de edad de aquellos españoles a quienes se les hubiera reconocido previamente la nacionalidad española de origen al amparo de esa misma disposición o de la disposición adicional séptima de la Ley 52/2007, conocida como Ley de Memoria Histórica.

Según los datos administrativos que recoge el escrito, a 31 de julio de 2026 constaban 189.678 inscripciones practicadas por esta vía. A 31 de agosto, el Gobierno cifraba en 195.872 las nacionalidades concedidas conforme al Anexo III, además de otras 134.405 solicitudes aprobadas que estaban pendientes de inscripción. Estas cifras, sin embargo, no permiten conocer cuántos de esos ciudadanos están incorporados al censo electoral que se utilizará en las elecciones del 29-N ni cuántos son hijos de personas afectadas por la suspensión cautelar. Tampoco significa que todos los nacionalizados por esta vía tengan cuestionada su situación.

De hecho, el propio Iustitia Europa reconoce en su escrito que la inclusión en el Anexo III no permite dar por acreditada, por sí sola, la existencia de una irregularidad. La formación sostiene que es necesario reconstruir documentalmente la relación entre progenitores e hijos y comprobar por qué vía adquirió la nacionalidad cada uno.

La Embajada de España en Buenos Aires. (Gustavo Garello / AP)

Aunque su petición principal abarca a la totalidad de los electores del Anexo III incorporados al CERA, el partido plantea subsidiariamente una medida más limitada: suspender los efectos electorales de aquellos cuyo progenitor se encuentre comprendido en las cautelares anteriores, además de determinados supuestos en los que la Administración no haya podido determinar a tiempo el antecedente jurídico de la nacionalidad.

La instrucción que amplió el alcance de la ley

La controversia se remonta a la aplicación de la Ley de Memoria Democrática, aprobada en 2022, que abrió una vía para que los descendientes de españoles exiliados pudieran optar a la nacionalidad española. El conflicto judicial se centra especialmente en la instrucción firmada el 25 de octubre de 2022 por la entonces directora general de Seguridad Jurídica y Fe Pública, Sofía Puente, que estableció una presunción de exilio para los españoles que hubieran abandonado el país entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955, siempre que acreditaran su salida mediante la documentación prevista.

Iustitia Europa y Vox recurrieron ante el Supremo al considerar que la interpretación administrativa podía exceder los supuestos contemplados por la ley y permitir el reconocimiento de nacionalidades sin acreditar las circunstancias exigidas para acogerse a ella.

La Sala Tercera acordó en septiembre medidas cautelares sobre las inscripciones censales vinculadas al colectivo afectado. La suspensión alcanza tanto a determinadas nuevas inscripciones como a los efectos electorales de quienes ya figuraban en el censo, con las excepciones previstas judicialmente para quienes acrediten las condiciones establecidas por el tribunal.

El Supremo mantuvo las cautelares frente al recurso del Gobierno y defendió la necesidad de preservar la fiabilidad del censo electoral, mientras que la Abogacía del Estado advirtió de las dificultades materiales para identificar a los afectados en el plazo disponible.

Condenan a un empresario a pagar 85.598 euros a un trabajador que cayó desde 3,5 metros de altura al partirse la rama podrida de una encina que estaba podando

27 October 2026 at 08:44
Un empleado podando un árbol. (Ayuntamiento de Murcia / Europa Press)

Un trabajador que llevaba ocho años dedicado a labores de poda de encinas cayó desde unos 3,5 metros de altura cuando la rama sobre la que se encontraba se partió bajo su peso. El hombre estaba utilizando una motosierra y llevaba puesto un arnés de seguridad, pero había enganchado el sistema anticaídas a la misma rama que estaba cortando. La madera estaba podrida por dentro, aunque su aspecto no permitía advertirlo a simple vista.

Más de diez años después del accidente, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado al empresario para el que trabajaba a indemnizarlo con 85.598,89 euros, más los intereses legales. La Sala de lo Social ha revocado la sentencia del Juzgado de lo Social número 4 de Córdoba, que había exonerado al empleador al considerar que el siniestro se debió exclusivamente a la negligencia del operario.

La resolución, fechada el 27 de mayo de 2026, reconoce que el trabajador actuó de forma imprudente al apoyarse y anclarse a la misma rama que pretendía podar. Sin embargo, concluye que esa conducta no elimina la responsabilidad de la empresa, que incumplió sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales. La indemnización se reduce un 30% por la actuación del accidentado, mientras que el 70% restante se atribuye al empresario.

Un arnés enganchado a la rama que estaba cortando

El accidente ocurrió el 29 de enero de 2016, cuando Jesús —nombre que figura en la resolución judicial— realizaba trabajos de poda en una finca de la provincia de Córdoba. El empleado, contratado como talador, accedió a la cruz de una encina con una escalera metálica y, una vez arriba, se desplazó hasta situarse de pie sobre una de las ramas que pretendía cortar.

Llevaba consigo una motosierra pequeña, de unos 3,5 kilos, y disponía de un sistema anticaídas compuesto por arnés, cuerda y anclaje. En esta ocasión, sin embargo, lo había sujetado a la misma rama sobre la que se encontraba.

Mientras trabajaba, escuchó un crujido. La rama cedió y el operario cayó al suelo desde una altura aproximada de 3,5 metros. Perdió el conocimiento y tuvo que ser auxiliado por sus compañeros, que lo trasladaron al Hospital de Peñarroya-Pueblonuevo.

El accidente le provocó un politraumatismo, fracturas vertebrales, diversas fisuras y un golpe en el bazo. Entre las secuelas acreditadas figuran la extirpación del bazo, material de osteosíntesis en la columna vertebral, dolores postraumáticos con compromiso radicular y un trastorno depresivo mayor reactivo leve. También sufrió secuelas estéticas, entre ellas cicatrices quirúrgicas y cojera. El trabajador terminó con una incapacidad permanente total para su profesión habitual.

Sin evaluación de riesgos ni formación preventiva

La investigación de la Inspección Provincial de Trabajo y del Centro Provincial de Riesgos Laborales puso el foco en las condiciones en las que se desarrollaba la poda. La empresa no había documentado un plan de prevención de riesgos laborales ni una evaluación de los peligros derivados del trabajo en altura y del estado de los árboles.

Un empleado podando un árbol. (Ayuntamiento de Fuengirola / Europa Press)

Tampoco acreditó que hubiera impartido al trabajador formación e información sobre prevención, incluida la utilización correcta de los equipos de protección individual. El informe de la Inspección advertía de que el arnés no debía haberse enganchado a la misma rama sobre la que se encontraba el operario y que estaba siendo podada.

Los técnicos apuntaron, además, a la necesidad de valorar métodos de trabajo más seguros, como el empleo de plataformas elevadoras, así como a la falta de supervisión y de procedimientos preventivos.

La propia investigación identificó entre las causas inmediatas del accidente el hecho de “enganchar el arnés de seguridad a una rama supuestamente en condiciones, que realmente resultó podrida en su interior”. También señaló como condición peligrosa trabajar con riesgo de caída desde un apoyo inestable y difícil de valorar.

El informe recomendaba inspeccionar los árboles antes de comenzar las tareas, evitar caminar sobre las ramas y recurrir a plataformas o sistemas de elevación que ofrecieran protección colectiva.

De la culpa exclusiva a la concurrencia de responsabilidades

El Juzgado de lo Social número 4 de Córdoba desestimó la demanda en enero de 2024. Consideró que el empresario había puesto a disposición del trabajador los equipos necesarios para la poda y que el accidente se produjo por una actuación negligente del propio empleado, que no comprobó el estado de la rama antes de apoyarse en ella.

La vía penal también había quedado cerrada años antes. El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Peñarroya-Pueblonuevo acordó en junio de 2018 el sobreseimiento provisional de las diligencias, al entender que no estaba debidamente justificada la comisión del delito investigado. La Audiencia Provincial de Córdoba confirmó después esa decisión, sin perjuicio de las acciones civiles o laborales que pudieran corresponder.

El trabajador recurrió la sentencia social y el TSJA le ha dado ahora parcialmente la razón. La Sala considera que la imprudencia del empleado fue relevante, pero no exclusiva, y que la empresa tampoco había cumplido con las obligaciones preventivas que le correspondían. “No puede negarse la clara imprudencia del trabajador al anclarse a la misma rama que podaba con la motosierra”, recoge la resolución. A continuación, el tribunal advierte de que esa conducta “no niega la responsabilidad empresarial”, dado que el empleador no había elaborado un plan de prevención, evaluado los riesgos ni formado al operario.

Los magistrados recuerdan que el empresario tiene el deber de organizar el trabajo en condiciones seguras y que las medidas preventivas deben contemplar también los descuidos e imprudencias no temerarias que puedan cometer los trabajadores.

Por ello, la sentencia rechaza que pueda atribuirse toda la responsabilidad al accidentado. “La culpa de la víctima no rompe el nexo causal que proviene del agente externo —en este caso los incumplimientos de la empresa—, salvo cuando el daño se ha producido de forma exclusiva por una actuación culposa imputable a la víctima”, sostiene.

El trabajador había reclamado 122.284,13 euros por las lesiones temporales, las intervenciones quirúrgicas, las secuelas físicas y estéticas y el perjuicio moral derivado de la pérdida de calidad de vida. La Sala aplica una reducción del 30% por la concurrencia de culpas y fija la indemnización en 85.598,89 euros, con los intereses previstos en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

El jefe de Operaciones de la Guardia Civil confirma ante la jueza que abrió la valla fronteriza de Ceuta para permitir el paso de migrantes y que la decisión fue suya

27 October 2026 at 12:28
El teniente coronel de la Guardia Civil y jefe de operaciones de la Comandancia de Ceuta, Miguel Lobo,  a su llegada a la Audiencia Nacional. (EFE / J. J. Guillen)

El teniente coronel Miguel Lobo, jefe de Operaciones de la Comandancia de la Guardia Civil en Ceuta, ha asumido ante la Audiencia Nacional la responsabilidad de abrir la valla fronteriza durante la entrada masiva de migrantes del pasado 30 de julio. El mando ha defendido ante la jueza María Tardón que la decisión fue exclusivamente suya, sin que ningún superior le ordenara hacerlo, y ha asegurado que actuó para evitar que las personas que se agolpaban en la frontera se echaran al mar y trataran de acceder nadando a la ciudad autónoma.

Según fuentes jurídicas, Lobo ha explicado que el exdelegado del Gobierno, Miguel Ángel Pérez Triano, no le dio instrucciones operativas durante la crisis. El teniente coronel ha sostenido que se limitó a informarle de lo que estaba ocurriendo, mientras que las decisiones sobre cómo responder a la llegada masiva de personas desde Marruecos las adoptó él mismo sobre el terreno.

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La comparecencia de Lobo se ha producido el mismo día en que ha declarado como testigo el inspector jefe de la Policía Nacional Lorenzo Fagés, con quien el teniente coronel protagonizó una discusión por la apertura del acceso fronterizo.

Fagés ha ofrecido una versión sobre la preparación y respuesta policial que dibuja un escenario de falta de instrucciones y de ausencia de un dispositivo extraordinario ante la magnitud de lo ocurrido. Según fuentes presentes en su declaración, el inspector jefe ha asegurado que no recibió órdenes sobre cómo actuar, ni durante la jornada de la entrada masiva ni en los días previos, y que tampoco participó en reuniones de coordinación o planificación para afrontar una eventual avalancha.

El teniente coronel de la Guardia Civil y jefe de operaciones de la Comandancia de Ceuta, Miguel Lobo,  a su llegada a la Audiencia Nacional (Marta Fernández / Europa Press)

La discusión por la apertura de la frontera

La decisión de abrir la cancela se convirtió en uno de los episodios más controvertidos de la actuación de las fuerzas de seguridad. Mientras Lobo ha defendido que permitir el paso era la opción necesaria para evitar que la multitud se arrojara al mar, Fagés ha explicado ante la magistrada que las instrucciones que defendía eran diferentes.

El inspector jefe ha relatado que, cuando se produjo la entrada masiva, se aproximó con sus hombres a la valla para tratar de contener la llegada de personas desde Marruecos. Su testimonio sitúa la intervención policial en un escenario en el que, según su versión, no existían directrices previas sobre cómo responder a una situación de esas características.

El despliegue marroquí la noche anterior

Miguel Lobo ha explicado también ante la jueza Tardón que la noche anterior a la entrada masiva de migrantes en Ceuta detectó el despliegue de seis embarcaciones de la Armada marroquí frente a la frontera. El mando de la Guardia Civil interpretó aquel movimiento como un refuerzo de la seguridad y se lo trasladó al entonces delegado del Gobierno, Miguel Ángel Pérez Triano. “Han reforzado, a ver si estamos más tranquilos esta noche”, le comentó, según fuentes jurídicas conocedoras de su declaración.

Las embarcaciones que identificó eran dos interceptoras, dos patrulleras y otras dos de menor tamaño. Lobo ha relatado que informó al delegado de este movimiento, aunque ha asegurado que no recibió de él ninguna indicación operativa y que las decisiones sobre cómo responder a la entrada masiva de migrantes, entre el 30 y el 31 de julio, fueron exclusivamente suyas.

El Ayuntamiento de Mataró estudia acciones legales contra un pueblo extremeño que pagó cinco noches de hotel y el traslado hasta la ciudad de unos okupas

27 October 2026 at 12:30
Baños de Montemayor, en Cáceres (Shutterstock España).

El Ayuntamiento de Mataró (Barcelona) estudia emprender acciones legales contra el de Baños de Montemayor (Cáceres) después de que este último pagara el traslado y cinco noches de alojamiento de una familia que había protagonizado un conflicto por una presunta okupación en unos apartamentos turísticos de la localidad extremeña.

La historia comenzó el pasado 30 de septiembre, cuando un matrimonio y sus dos hijos llegaron a los Apartamentos Turísticos La Plazuela, en Baños de Montemayor, para una estancia de siete días que debía concluir el 7 de octubre. Sin embargo, llegado ese momento, la familia no abandonó el establecimiento y alegó disponer de un supuesto contrato de alquiler de siete años que le permitiría permanecer en el inmueble, un documento cuya existencia niega la propietaria, que sostiene que el acuerdo alcanzado era únicamente el de una reserva turística.

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Lo que inicialmente era una disputa entre los okupas y los responsables del alojamiento terminó convirtiéndose en un conflicto que alteró la convivencia en una localidad de unos 700 habitantes del norte de Cáceres. Los propietarios denunciaron problemas de convivencia, pérdidas económicas por las reservas que tuvieron que cancelar y dificultades para recuperar el inmueble, mientras que parte de los vecinos se sumó a las protestas frente al establecimiento, con caceroladas y concentraciones que aumentaron la presión para encontrar una solución.

Durante aquellos días, el Ayuntamiento de Baños de Montemayor, encabezado por la alcaldesa Nieves del Vado (PP), intervino para tratar de poner fin a una situación que se había enquistado, en unas gestiones en las que también participó la Guardia Civil y que coincidieron con la contratación, por parte de los propietarios, de una empresa especializada en desokupaciones. La solución llegó el 20 de octubre, cuando la familia abandonó finalmente los apartamentos y emprendió un viaje que terminaría abriendo un nuevo frente, esta vez entre dos ayuntamientos.

Un taxi hacia Mataró y cinco noches de alojamiento

La salida del inmueble se produjo con un desplazamiento hasta Mataró que, según la versión de la alcaldesa extremeña, eligieron los propios okupas porque aseguraban tener allí familiares o conocidos. El Ayuntamiento de Baños de Montemayor asumió el coste del taxi y de cinco días de alojamiento, un desembolso que Del Vado ha justificado como parte de la solución negociada para resolver el enfrentamiento con los propietarios.

Balneario de Baños de Montemayor, en Cáceres (Web del balneario).

La regidora ha explicado que el dinero salió de una partida municipal de contingencias y ha defendido que la intervención permitió recuperar el apartamento y poner fin a las protestas que se habían sucedido durante las jornadas anteriores. Según su relato, los okupas llegaron a solicitar cerca de 1.000 euros adicionales para manutención, una petición que asegura haber rechazado y tras la que, sostiene, amenazaron con regresar al establecimiento si no recibían esa cantidad.

La alcaldesa también ha explicado que esperaba que, una vez en Mataró, la familia pudiera acudir a los servicios sociales municipales en caso de necesitar asistencia, aunque no hubo una coordinación previa con el Ayuntamiento receptor. Fue precisamente esa falta de comunicación la que abrió un segundo frente cuando el caso trascendió públicamente. El alcalde de Mataró, David Bote, conoció por los medios de comunicación que su municipio había sido el destino de una familia cuyo traslado y alojamiento había financiado otro consistorio, sin que el suyo hubiera participado en las gestiones ni recibido información sobre la operación.

El alcalde cuestiona el uso de fondos públicos

Bote ha reprochado a Baños de Montemayor que resolviera el conflicto facilitando el desplazamiento de los okupas a otra ciudad sin advertirlo previamente y ha defendido que las administraciones no pueden afrontar este tipo de situaciones trasladando sus consecuencias a otros municipios. El regidor socialista cuestiona tanto el procedimiento seguido como la utilización de recursos públicos para sufragar el viaje y la estancia, y ha anunciado que sus servicios estudian posibles acciones legales.

Entre las vías que se han planteado figura la posibilidad de acudir al Tribunal de Cuentas para que examine el desembolso. El alcalde ha precisado que las eventuales iniciativas se dirigirían contra el Ayuntamiento de Baños de Montemayor, no contra la alcaldesa a título personal.

La polémica gira ahora en torno a la justificación del gasto y a las circunstancias en las que se tomó la decisión de trasladar a la familia. Para determinar si existe alguna irregularidad será necesario conocer el expediente administrativo, la autorización del desembolso y las facturas, así como la justificación de su finalidad pública. La utilización de una partida de contingencias, como sostiene la alcaldesa, no acredita por sí sola que el pago fuera irregular ni que estuviera debidamente justificado.

Mientras los dos ayuntamientos intercambian reproches, los propietarios también han denunciado desperfectos, suciedad y la desaparición de un televisor, además de las pérdidas económicas por las reservas canceladas durante los días en los que no pudieron disponer del alojamiento. El caso ha incorporado también afirmaciones sobre supuestos episodios similares protagonizados por los okupas en otros puntos de España, aunque esas referencias no permiten dar por acreditados otros casos sin documentación que los respalde.

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