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La organización que concede en España hipotecas sin intereses: "Nos regimos por el cooperativismo"

29 October 2026 at 04:00

El precio de la vivienda en España durante este año 2026 continúa al alza, impulsado por la escasez de oferta inmobiliaria y la fuerte demanda. Según los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), el coste de los pisos subió un 12,2% interanual en el segundo trimestre de 2026, con un aumento del 12,9% en segunda mano y del 7,4% en obra nueva.

Este crecimiento imparable de los precios hace imposible que muchos hogares puedan convertirse en propietarios, ya que abonar todos los gastos que supone la compra de una vivienda implica un desembolso enorme. Una de las partidas de gasto más relevante es la hipoteca, que en la actualidad se ha encarecido por la subida del euríbor y el impacto de la guerra de Irán en los precios.

Habitualmente, los ciudadanos se dirigen a los bancos para solicitar estos préstamos a cambio del compromiso de devolver la cantidad pactada más los intereses correspondiente. Sin embargo, en España existe una organización que concede hipotecas sin intereses. Se trata de CoopHalal, la primera cooperativa de servicios financieros islámicos de España.

Fundada en Barcelona en 2015, esta organización no opera como un banco convencional, sino como una alternativa financiera de carácter ético y solidario que funciona bajo los principios de la ley islámica o sharía. Este conjunto de normas religiosas que regulan tanto la vida privada como pública de los musulmanes prohíbe la usura y el cobro de intereses. Este concepto se conoce en árabe como riba y se considera uno de los pecados económicos más graves dentro del islam.

De esta forma, CoopHalal sustituye el cobro o pago de intereses tradicionales por contratos basados en la economía colaborativa y la coparticipación en los beneficios y pérdidas. Aunque en la práctica esta cooperativa ofrece productos para ahorrar, invertir o comprar una vivienda, su estructura jurídica, su filosofía ética y sus métodos son radicalmente opuestos a los de la banca tradicional.

"Nos regimos por los principios del cooperativismo, como la gestión democrática, la autonomía, la educación y el interés por la comunidad", explica en su página web. "Nuestra visión en CoopHalal es consolidarnos como la entidad de referencia en finanzas islámicas en España, ofreciendo alternativas justas y éticas que contribuyan a construir un sistema financiero más inclusivo y solidario, abierto a todas las personas, independientemente de su religión o creencias".

Límite de 100.000 euros por cooperativista

Para formar parte de la cooperativa no es necesario ser musulmán, por lo que cualquier persona mayor de edad o tutelada, ya sea ciudadana residente en España o en el extranjero, independientemente de su origen étnico, religión, nacionalidad o cultura, puede convertirse en miembro de CoopHalal. Eso sí, para ser socio es necesario realizar un pago único de 350 euros. De esta cantidad, 300 euros van directos a tu cuenta de ahorro personal dentro de la propia entidad y 50 euros se destinan a sufragar los gastos de gestión.

En lo que respecta a su modelo de financiación inmobiliaria, CoopHalal utiliza un sistema de compra conjunta e intermediada por su filial inmobiliaria Manzili Halal. Así, la vivienda se compra bajo titularidad compartida y el socio paga cuotas en concepto de "alquiler con promesa de compra" hasta liquidar la deuda. Una vez devuelto todo el capital financiado, se procede a la transmisión al socio de la parte proporcional de la propiedad registrada a nombre de la empresa Manzili Halal. Para acceder a la hipoteca sin intereses, el socio debe aportar como mínimo del 30% del valor del inmueble. La cantidad máxima financiada son 100.000 euros.

Esto quiere decir, por ejemplo, que si quieres comprar un piso con un precio de 140.000 euros, el socio debería aportar 42.000 euros y CoopHalal financiaría sin intereses los 98.000 euros restantes. La vivienda se escrituraría en régimen de titularidad compartida: el socio poseería el 30% del inmueble y Manzili Halal el 70% hasta que se saldase la deuda. El solicitante, no obstante, debe hacerse cargo del 100% de los gastos asociados a la compraventa (impuestos como el ITP/IVA, notario, registro de la propiedad, tasación, abogado/gestoría...).

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