Asturias fija nuevas reglas para los chiringuitos: temporada hasta octubre y aseos gratis para todos los usuarios de las playas
El Consejo de Gobierno del Principado de Asturias ha aprobado este jueves el nuevo decreto que regula los servicios de temporada en el litoral asturiano. La norma actualiza el marco vigente desde 2013 y establece nuevas condiciones para los chiringuitos, las terrazas y otros servicios instalados en las playas, con el objetivo de compatibilizar la actividad turística con la protección del medio ambiente.
La regulación llega después de meses de diálogo entre la Consejería de Ordenación del Territorio, el sector hostelero y los colectivos ecologistas. Entre los asuntos que más debate han generado figuran la retirada de las instalaciones al acabar la temporada, los horarios, el acceso a los aseos y las restricciones de aparcamiento.
La temporada de verano se alarga hasta mediados de octubre
Con el nuevo decreto, la campaña estival abarcará oficialmente desde el 1 de mayo hasta el 15 de octubre, con la obligación de mantener el servicio de forma continuada durante julio y agosto.
Los establecimientos podrán abrir a partir de las 8:30 horas. El cierre será a las 00:30 horas de domingo a jueves, mientras que los viernes, sábados y vísperas de festivo podrán permanecer abiertos hasta la 1:30 de la madrugada.
La norma también establece límites de superficie para las instalaciones. Los establecimientos cerrados dedicados a la venta de comida podrán ocupar hasta 50 metros cuadrados, mientras que los destinados a bebidas tendrán un máximo de 20 metros, además de otros 15 metros para servicios. Las terrazas podrán desplegarse en una superficie de hasta 100 metros cuadrados.
Una de las condiciones más destacadas es que los aseos deberán estar disponibles para todos los usuarios de la playa, independientemente de que consuman en el establecimiento. Además, tendrán que cumplir los requisitos de accesibilidad universal.
Instalaciones desmontables y restricciones para autocaravanas
Todos los chiringuitos y estructuras autorizadas deberán ser desmontables. Su retirada completa tendrá que finalizar en un plazo máximo de 15 días después de que termine el periodo autorizado, aunque el decreto contempla excepciones que deberán justificarse debidamente.
En cuanto a las autocaravanas, las áreas reservadas para estos vehículos solo podrán ubicarse fuera de la franja de protección costera, en terrenos considerados aptos por el Plan de Ordenación del Litoral para aparcamientos. También deberán contar con acceso rodado.
Los usuarios podrán permanecer en estas áreas un máximo de 48 horas y no podrán desarrollar actividades comerciales.
El consejero de Ordenación del Territorio, Ovidio Zapico, ha señalado que la norma es fruto del diálogo. El decreto establece la protección ambiental como un "criterio prioritario" para decidir dónde pueden instalarse los servicios de temporada, y obliga a respetar el Plan de Ordenación del Litoral Asturiano (POLA) y el Plan Territorial Especial del Suelo No Urbanizable de Costas.
La regulación entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias. Los plazos de solicitud se abrirán en noviembre para los ayuntamientos y en diciembre para particulares y otras entidades. El decreto mantiene, además, la prioridad municipal en la gestión de los servicios de temporada.


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