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El Supremo levanta los apercibimientos a los ministros Bolaños y Albares tras haber entregado el listado de la 'ley de nietos'

29 October 2026 at 17:40
El Alto Tribunal les advirtió que se enfrentarían a responsabilidades penales y multas reiteradas Leer

El Alto Tribunal les advirtió que se enfrentarían a responsabilidades penales y multas reiteradas

Solo 901 nacionalizados por la 'ley de nietos' han acreditado ser descendientes de exiliados y podrán votar el 29-N

28 October 2026 at 15:54
El Tribunal Supremo da cinco días al Gobierno para entregar la lista de afectados por la ley de nietos

El Gobierno ha entregado este miércoles al Tribunal Supremo, dentro del plazo establecido, la lista con los nombres y apellidos de las 163.355 personas nacionalizadas por la conocida como ley de nietos. De ellas, solo 901 podrán votar en las elecciones generales del próximo 29 de noviembre al haber acreditado ser hijos o nietos de exiliados, según fuentes del Ministerio de Asuntos Exteriores.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo reclamó el pasado viernes a los ministros de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, y de Asuntos Exteriores, José Manuel Albares, la relación nominal de las personas afectadas inscritas en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA). El tribunal fijó como plazo límite las 15.00 horas de este miércoles y advirtió de posibles multas o de la deducción de testimonio en caso de incumplimiento.

Fuentes de Justicia han confirmado que la documentación se ha remitido a tiempo y han precisado que el listado incluye 163.355 personas, frente a las 163.020 notificadas anteriormente sin identificar. Desde el Gobierno advierten de que buena parte de ellas previsiblemente verán suspendido su derecho al voto, aunque los datos facilitados por Exteriores apuntan a que la medida afecta a casi la totalidad de los nacionalizados incluidos en el procedimiento.

La excepción contemplada por el Supremo permite votar a quienes acrediten ser hijos o nietos de exiliados. Según las fuentes de Exteriores citadas por EFE, los consulados han expedido 901 certificados que acreditan esta condición.

El Gobierno pide que el listado sea reservado

La Abogacía del Estado ha solicitado a la Sala que declare reservado el listado por contener datos personales, con el objetivo de evitar un uso malicioso o ilegítimo de la información por parte de quienes intervienen en el procedimiento. Las fuentes gubernamentales han señalado expresamente a las partes que consideran de ideología ultraderechista.

El Ejecutivo sostiene que ha trabajado desde el inicio para recopilar la información solicitada por el tribunal. El Ministerio de Asuntos Exteriores ha coordinado la revisión de los expedientes en las distintas oficinas consulares y ha autorizado la contratación de las asistencias técnicas necesarias para completar el trabajo en el plazo fijado. El primer telegrama con instrucciones a los consulados se envió el 15 de septiembre, después de que el ministerio recibiera la notificación el día anterior.

Por su parte, el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes remitió el pasado 15 de octubre a la Oficina del Censo Electoral un listado de 76.600 personas que figuran en el Registro Civil digital (DICIREG) como nacionalizadas por la ley de nietos. Era la única información de estas características que constaba en ese departamento. La Oficina del Censo envió esa relación al Supremo el 21 de octubre.

El Gobierno calcula un impacto electoral inferior al 0,06%

Pese a la cifra de personas incluidas en el listado, el Ejecutivo estima que su impacto potencial en las elecciones será limitado. Aplicando los niveles habituales de participación exterior, calcula que, si las 163.355 personas estuvieran inscritas en el CERA, representarían menos de 14.000 votos repartidos entre las 52 circunscripciones electorales.

Esta cifra equivaldría a menos del 0,06% de los votos emitidos en las elecciones generales de 2023. El Gobierno añade que la incidencia real sería aún menor, ya que el listado incluye a personas que no forman parte del censo electoral de residentes ausentes, como menores de edad o personas fallecidas.

El Supremo debe resolver si amplía la suspensión del voto

Una vez completado este trámite, el Tribunal Supremo tiene pendiente pronunciarse sobre nuevas solicitudes de medidas cautelarísimas presentadas por Iustitia Europa, que reclama extender la suspensión del derecho al voto a los hijos e hijas de personas que obtuvieron previamente la nacionalidad a través de la ley de nietos.

La formación también pide que la medida se aplique a quienes fueron incorporados inicialmente al CERA, pero después trasladaron su residencia a España, causaron baja como residentes en el extranjero y pasaron al censo electoral nacional.

Además, el alto tribunal debe resolver las alegaciones presentadas por los nacionalizados que se han personado en el procedimiento y que reclaman un pronunciamiento sobre la suspensión del voto antes de las elecciones del 29 de noviembre.

El Gobierno entrega al Supremo la lista con los nacionalizados por la ‘ley de nietos’

28 October 2026 at 15:35

El Gobierno ha entregado este miércoles al Tribunal Supremo la lista con las identidades de los nacionalizados por la llamada ley de nietos que le reclamó el pasado viernes. Aunque la Abogacía del Estado cifró en 163.020 personas los inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) afectados por la suspensión del derecho al voto decretada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, fuentes del Gobierno señalan que la relación final, tras repasar todos los expedientes, contiene un total de 163.355 nombres, de los que hay 901 cuyos expedientes acreditan la condición de exilio, que ha sido certificada por los cónsules. Según la orden dictada por el Supremo, solo estos podrán votar en las elecciones del 29-N.

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© Juan Ignacio Roncoroni ((EPA) EFE)

Personas hacen fila en el Consulado General de España la semana pasada, en Buenos Aires (Argentina).

Fachin arquiva ações ligadas ao inquérito das fake news

27 October 2026 at 22:39

O presidente do Supremo Tribunal Federal (STF), Edson Fachin, determinou nesta terça-feira, 27, o arquivamento de três investigações relacionadas ao inquérito das fake news. Os casos envolvem o pastor Silas Malafaia, o ex-deputado Eduardo Bolsonaro e o escritor Guilherme Fiuza.

Fachin assumiu a relatoria do inquérito das fake news em setembro, em meio à crise interna na Corte. O ministro Alexandre de Moraes era responsável pela condução do caso até então. O inquérito foi aberto há sete anos para apurar ameaças contra a Corte. Fachin prometeu arquivar o processo, mas há 104 procedimentos vinculados que devem ser examinados.

No caso de Eduardo, Fachin decidiu arquivar o inquérito porque o ex-deputado já foi condenado pela Primeira Turma, em junho, por coação no curso do processo que levou à condenação de seu pai, Jair Bolsonaro (PL), por tentativa de golpe de Estado no País.

Malafaia chegou a ser investigado por participação no crime de coação no curso do processo junto a Eduardo, mas a Procuradoria-Geral da República (PGR) defendeu o arquivamento do caso por não ver provas suficientes. Fachin seguiu o entendimento da PGR.

Na investigação de Fiuza, Fachin reconheceu que uma das condutas investigadas - incitação ao crime contra ministros do Supremo - já prescreveu. O último fato ocorreu em 17 de dezembro de 2022 e a prescrição do delito é de três anos.

Fiuza também era investigado por crime de abolição violenta do Estado Democrático de Direito, mas a PGR concluiu que não haviam elementos suficientes para ligá-lo aos bloqueios de rodovias em novembro de 2022 ou aos atos antidemocráticos de 8 de janeiro de 2023.

As medidas cautelares impostas ao jornalista (bloqueio de bens e suspensão de passaportes) também foram revogadas por Fachin.

© Gustavo Moreno/STF

Edson Fachin, presidente do Supremo Tribunal Federal, arquiva ações ligadas ao inquérito das fake news

Deputados do PT pedem prisão preventiva e alerta vermelho da Interpol contra Flávio Bolsonaro ao STF

27 October 2026 at 20:29

Os deputados federais Lindbergh Farias (PT) e Rogério Correia (PT), além da deputada federal eleita Ana Elisa Santos (PT), pediram a prisão preventiva do senador Flávio Bolsonaro (PL), ao ministro Alexandre de Moraes, do Supremo Tribunal Federal (STF). Os parlamentares também solicitaram a emissão de um alerta vermelho da Interpol caso o mandado de prisão seja expedido.

“O candidato que se disse honesto recusou abrir os seus sigilos, fugiu. Aparentemente está foragido”, disse Ana Elisa em vídeo publicado nas redes sociais em colaboração entre os três parlamentares.

O pedido foi apresentado após notícias de que Flávio teria cruzado a fronteira com a Argentina para seguir aos Estados Unidos. Os autores da solicitação apontam o descumprimento de uma ordem de entrega dos passaportes e o risco de fuga do país como fundamentos para a adoção das medidas.

Lindbergh afirmou que o grupo estava formalizando o pedido ao STF. “Ele tinha que ter entregue o passaporte, não entregou. A notícia que saiu do Brasil e estamos pedindo também para ser acionado alerta vermelho da Interpol”, declarou.

A Polícia Federal cancelou os passaportes comum e diplomático de Flávio e acionou o Ministério das Relações Exteriores para a emissão de um alerta internacional. Até a tarde desta terça-feira (27), o senador não havia sido localizado, embora aliados no Brasil e do exterior tenham confirmado à imprensa nacional a fuga.

Parlamentares citam investigações

Os parlamentares pedem que a defesa informe o paradeiro do senador e que a Procuradoria-Geral da República (PGR) se manifeste com urgência. Também solicitam cooperação com as autoridades argentinas para identificar quem contratou o jato mencionado nas notícias e obter os registros de passageiros.

O documento cita suspeitas de lavagem de dinheiro relacionadas a dois inquéritos: o caso Dark Horse, vinculado ao escândalo do Banco Master, e a investigação sobre a sociedade de Flávio com Willer Tomaz, investigado no caso do Instituto Nacional do Seguro Social (INSS). Para os autores, a incerteza sobre o paradeiro do senador e o suposto descumprimento da ordem judicial indicam risco à aplicação da lei penal.

Rogério Correia também afirmou que o senador estaria fugindo em razão de diferentes suspeitas e mencionou o Banco Master, uma propriedade em Angra dos Reis e a relação com Willer Tomaz. Correia também alegou que Flávio estaria envolvido em articulações para uma nova tentativa de golpe.

A Polícia Federal e o Ministério da Justiça acionaram autoridades argentinas para apurar as informações sobre uma possível saída do senador do Brasil.

© Reprodução/YouTube/TV Celular Flávio Bolsonaro

O senador Flávio Bolsonaro viajou com a família para os Estados Unidos

El Gobierno de Ceuta pidió a Interior que instalara una barrera de boyas 15 días antes de la oleada de inmigrantes pero la secretaria de Estado lo rechazó

27 October 2026 at 12:21
Según ha relatado el consejero de Presidencia a la juez Tardón, Interior se limitó a comparar la situación de la ciudad autónoma con la de otros veranos Leer

Según ha relatado el consejero de Presidencia a la juez Tardón, Interior se limitó a comparar la situación de la ciudad autónoma con la de otros veranos

El Tribunal Supremo da 5 días a Bolaños y Albares para remitir la lista de afectados sin voto por suspender la 'ley de nietos' y avisa de multa

23 October 2026 at 12:03
El Tribunal Supremo da cinco días al Gobierno para entregar la lista de afectados por la ley de nietos

El Tribunal Supremo ha requerido al Gobierno a que en el plazo de cinco días le remita la lista de 163.020 afectados por la suspensión cautelar del voto a la 'ley de nietos' y ha avisado de posible multa si no lo hace.

Según dos autos, recogidos por Europa Press, los magistrados así lo reclaman a los ministros de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, y de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, José Manuel Albares.

Les requiere que remitan a la Sala de lo Contencioso-Administrativo, a la Junta Electoral Central y a la Oficina del Censo Electoral la relación nominal de las personas afectadas.

"Con expreso apercibimiento a los precitados de que, si transcurrido el plazo de cinco días que, en todo caso, finalizará el día 28 de octubre de 2026, no remiten la relación nominal de referencia, esta Sala podrá acordar una multa coercitiva o deducir, en su caso, el oportuno testimonio de particulares para exigir la responsabilidad penal que pudiera corresponder", advierte.

El Supremo señala que la multa ascendería a los 1.000 euros a los ministros que "incumplan este requerimiento" y comunica la posibilidad de "reiterar estas multas hasta la completa ejecución del fallo judicial, sin perjuicio de otras responsabilidades patrimoniales a que hubiere lugar".

91 certificados de 31.390 expedientes revisados

A la vez, los magistrados ordenan a la Oficina del Censo Electoral que, al hacer el primer envío de la documentación electoral a todas las personas inscritas en el CERA por la 'ley de nietos' y que estén incluidos "con carácter provisional", se haga la "advertencia expresa" de que "tal inclusión no significa que puedan llegar a ejercer su derecho al voto", ya que "únicamente podrán votar" quienes tengan certificación acreditativa de su condición de descendientes de exiliados.

Y es que la Sala de lo Contencioso-Administrativo señala que, "hasta el momento presente", solo se les ha facilitado esa cifra de 163.020 personas, "sin ningún dato adicional más", y que este miércoles recibieron "tres documentos que contienen dos informes informes de la Dirección General de Españoles en el Exterior y Asuntos Consulares y uno del Instituto Nacional de Estadística".

De dichos informes se desprende, continúa, que "han sido revisados un total de 31.390 expedientes, de los que se han expedido un total de 91 certificados" de personas que "han acreditado el exilio de sus ascendientes en los términos que establecieron" los dos autos por los que acordó la suspensión cautelar.

"Puesto que la Administración conoce perfectamente, porque ha tramitado y resuelto estos expedientes, la identidad de todas estas personas, no se acierta a adivinar cuáles puedan ser las razones por las que no se haya facilitado a esta Sala la relación nominal de los electores", subraya.

Máxime cuando, añade, "hay un proceso electoral convocado y, por aplicación de las medidas cautelares de suspensión impuestas, estas personas pueden verse imposibilitadas finalmente del ejercicio de su derecho al voto por la propia inacción de la Administración".

La magistrada Millán reitera su rechazo

Al igual que en los dos autos anteriores, la magistrada Alicia Millán ha formulado un voto particular en el que considera que estas diligencias "afectan medularmente a la estabilidad del censo electoral".

Según la magistrada, han quedado "constatadas las dificultades del ejercicio del sufragio activo y el escrutinio de los votos de los electores afectados por la suspensión".

"Considero que las medidas acordadas afectan medularmente a la estabilidad del censo electoral, al que se califica como provisional, materializan la inseguridad jurídica y la incertidumbre operativa", apunta.

Estas circunstancias "son incompatibles con las exigencias de certeza, estabilidad y regularidad que constituyen las bases de todo proceso electoral democrático", concluye.

Millán señaló cuando el Supremo ratificó la paralización del voto que que el adelanto electoral convertía "en irreversible la eventual lesión del derecho de sufragio de los afectados" y que la preservación del derecho de participación política "debía prevalecer sobre el mantenimiento de una medida provisional sustentada en una controversia jurídica todavía pendiente de resolución definitiva".

El Supremo amnistía a Junqueras y vuelve a cargar contra el TC por su "innecesaria grandilocuencia"

20 October 2026 at 12:09
El presidente de ERC, Oriol Junqueras

El Tribunal Supremo ha resuelto aplicar la ley de amnistía al exvicepresidente catalán y líder de ERC, Oriol Junqueras, y los exconsejeros Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa, después de dos años desde su entrada en vigor y tras el aval del Tribunal Constitucional al perdón de la malversación, delito por el que fueron condenados los cuatro.

La Sala de lo Penal, la que juzgó el 'procés', ha dado ese paso en un auto de 12 páginas, recogido por Europa Press, toda vez que el Constitucional le ordenó amnistiar a los dirigentes independentistas encausados por malversación, tanto a los condenados como a los procesados: el expresidente y líder de Junts, Carles Puigdemont, y los exconsejeros Toni Comín y Lluís Puig, que no fueron juzgados porque huyeron de la justicia tras el referéndum ilegal de 2017.

Con Manuel Marchena, el magistrado que presidió el juicio al proceso independentista, como ponente, el Supremo declara extinguida la responsabilidad criminal de los cuatro dirigentes, en una resolución que también firman el actual presidente de la Sala Segunda, Andrés Martínez Arrieta, y el magistrado Antonio del Moral, que formaron parte de aquel tribunal.

Los magistrados les amnistían al asumir en su integridad la parte dispositiva de la sentencia del Constitucional que concedió el amparo a Bassa y ordenó al Supremo aplicarles la medida de gracia.

De esta forma, queda extinguida la inhabilitación a la que fueron condenados Junqueras, a 13 años, y Romeva, Turull y Bassa, a 12 años, respectivamente. Y después de que fueran indultados de las penas de prisión por el Gobierno.

El Supremo señala que respecto a la petición de eliminar los antecedentes penales anotados a raíz de la sentencia que les condenó en 2019 y que solicitan los cuatro exmiembros del Gobierno catalán, más las defensas de Joaquim Forn, Meritxell Borrás, Carme Forcadell y Josep Rull, condenados en la misma causa, el tribunal lo pone en conocimiento del Ministerio de Justicia para que proceda a ello.

No obstante, los magistrados critican "la innecesaria grandilocuencia" del Constitucional, que "revela el deseo de adornar un razonamiento invasivo del ámbito jurisdiccional" del Supremo.

El Constitucional ve "prematuro" admitir el recurso del Defensor del Pueblo por el voto de los nacionalizados por la ley de nietos

19 October 2026 at 17:49
El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido.

Un informe de los letrados del Tribunal Constitucional (TC) considera "prematuro" que el alto tribunal admita el recurso de amparo presentado por el Defensor del Pueblo contra la suspensión del derecho al voto a personas nacionalizadas por la ley de memoria democrática, conocida como ley de nietos, decidida por el Tribunal Supremo.

En el informe, elaborado a petición del magistrado Enrique Arnaldo, adelantado por el diario El Mundo y al que ha tenido acceso EFE, los letrados subrayan que el recurso presentado "debe considerarse prematuro" ya que éste se interpuso "mientras había aún una puerta abierta para un pronunciamiento de la jurisdicción ordinaria", ya que sigue abierto en el Supremo el plazo para que los afectados presenten alegaciones.

Hoy, la sección cuarta del Tribunal Constitucional (TC) ha decidido avocar a Pleno la admisión del recurso de amparo que el Defensor del Pueblo, por lo que será este organismo quien deba pronunciarse al respecto, previsiblemente este miércoles.

"Se trata, por tanto, de una aducida vulneración de derechos fundamentales producida en el seno de una causa que se halla en curso al presentarse la demanda debiendo considerarse el recurso de amparo presentado anterior en el tiempo a lo que correspondería desconociendo, de este modo, el carácter subsidiario de la vía de amparo y siendo prematuro en su planteamiento", indican los letrados en el informe.

Sólo puede presentarse un recurso de amparo, sostienen, una vez haya finalizado la actuación del órgano jurisdiccional, es decir, "solo cuando este haya finalizado por haber recaído una resolución firme y definitiva puede entenderse agotada la vía judicial y, consecuentemente, es posible acudir ante este Tribunal en demanda de amparo", algo que no ocurre ahora.

Y recuerdan que el Supremo ha abierto el plazo para presentar alegaciones a todas aquellas partes afectadas, un plazo que empieza a contar hoy y expira el viernes 23 de octubre.

"De este modo resulta que, conforme a lo decidido en los autos mencionados, el Tribunal Supremo ha de pronunciarse nuevamente, a la vista de las alegaciones de las partes que comparezcan, sobre las medidas cautelares adoptadas en los autos de 10 de septiembre de 2026 y confirmadas en los posteriores autos de 12 de octubre de 2026. Se constata así que los efectos de la decisión cautelar adoptada por el órgano judicial no son definitivos, en el sentido de que los autos dictados en la pieza de medidas cautelares pueden verse modificados" por estas alegaciones, dejan claro.

Entran también los letrados en el recurso del Defensor del Pueblo: "Ciertamente, el Defensor del Pueblo puede recurrir sin haber sido personalmente parte en el procedimiento judicial, pero su intervención no convierte en agotada una vía judicial que todavía ofrezca medios de reparación procedentes y útiles".

Precisamente, el presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido, ha abundado en el fondo de ese informe en un almuerzo con el Club de Periodistas Gallegos en Madrid.

"El procedimiento en este momento está en curso por parte del Tribunal Supremo. Normalmente en el Tribunal Constitucional nosotros intervenimos siempre después de que se haya acabado el procedimiento judicial", ha señalado.

Tras reiterar que la ley de nietos todavía está en trámite judicial, ha recordado que el TC ha designado ponente y ha encargado un estudio -"siempre trabajamos sobre dictámenes escritos por letrados, que son magníficos letrados", ha enfatizado-. "La sección ha decidido que debería, por la importancia del tema, pasarlo al pleno".

De todos modos, ha dejado claro que hay unas elecciones convocadas y el TC no puede ni tiene tiempo para "debatir esto "a eternidad". En esta situación, el Tribunal Constitucional debería tomar una decisión: "prefiero asegurar un derecho fundamental o miro para otro lado, con perdón de la palabra", ha agregado.

Medidas cautelarísimas para garantizar el voto

El Defensor del Pueblo interpuso el pasado viernes un recurso de amparo ante el TC contra la suspensión del derecho al voto a personas nacionalizadas por la ley de memoria democrática.

La institución que dirige Ángel Gabilondo ha pedido al tribunal de garantías medidas cautelarísimas para que esas personas puedan ejercer su derecho al voto en las elecciones del 29 de noviembre.

Además, solicita que se pronuncie sobre la interpretación del Supremo acerca de la suspensión del derecho fundamental al voto de los españoles nacionalizados de acuerdo con la llamada ley de nietos.

El Defensor ha interpuesto este recurso "tras haber analizado la decisión de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS del pasado lunes, 12 de octubre, cuando confirmó mantener la suspensión de votar a personas nacionalizadas por la mencionada Ley, para que puedan, si así lo desean, ejercitar su derecho al sufragio activo en las próximas elecciones generales".

El alto tribunal decidió ese día mantener la suspensión cautelar del derecho al voto de los nacionalizados por la ley de nietos, lo que afecta a 163.020 personas que no podrán votar el próximo 29 de noviembre, salvo que las oficinas consulares acrediten que son descendientes de exiliados. 

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